En la liquidación de la productividad del primer semestre de 2013 hay nuevos criterios.
Uno de ellos es el dato de las tasas gestionadas.
En la gestión de la tasa, con la ley 8/2012, ya no se colecciona, como antes, el ejemplar para la AEAT para su remisión trimestral.
El histórico del PNJ solo desde el 1 de junio
No creo que ningún SJ haya tomado nota de cada proceso en el que hay modelo de tasa o se ha modificado la cuantía.
Desde luego descarto la posibilidad de ir a los armarios y estanterías a buscar en que procesos se dan tales circunstancias.
Entonces ¿Cómo se determina el número que hay que poner en la casilla correspondiente?
Tasa 696 y productividad primer semestre 2013
Moderadores: Terminatrix, Top Secre
Re: Tasa 696 y productividad primer semestre 2013
¿Perdona? Yo he mandado la productividad y el formulario no pone ningun casillero para tasas.
Acláralo, por favor.

Acláralo, por favor.
Re: Tasa 696 y productividad primer semestre 2013
El 8.1.2013 nuestro S. Coordinador nos difundió la siguiente:
Nota informativa sobre la modificación de la resolución de productividad aplicable a las liquidaciones correspondientes al año 2013
En las próximas semanas se publicará la modificación de la Resolución de 27 de diciembre de 2010, por la que se determina la productividad del Cuerpo de Secretarios Judiciales, incorporando las aportaciones para su mejora que se han recibido durante el periodo de audiencia abierto al efecto.
El primer cálculo de productividad que se realizará con los indicadores contemplados en la modificación será la del primer semestre de 2013, por lo que, al objeto de garantizar el adecuado conocimiento de los que resultarán de aplicación durante ese periodo y que no pueden obtenerse de manera automática de sistemas informatizados o no se computen actualmente por otros medios por ser necesarios para cumplimentar los boletines estadísticos, se informa de las principales novedades que, sin perjuicio de la aprobación final de la nueva resolución, se incorporarán a la misma y por tanto deberán ser contabilizados a partir del 1 de enero:
- Gestión de las tasas judiciales- En los órganos ante los que se presenten los modelos 696, regulados en la Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre, se tendrán en cuenta el número de estos y las solicitudes de modificación de cuantía que requieran la supervisión por parte del secretario judicial.
- Días a cargo de sustituciones- Se computarán los días naturales que un secretario judicial sustituya en otro órgano o unidad judicial. En caso de sustituciones simultáneas en la misma jornada, sólo se computará un día natural.
- Tramitación de cancelaciones de antecedentes penales y policiales- En los órganos con funciones de ejecución penal, se computarán las peticiones tramitadas de cancelación de estos antecedentes.
- Liquidaciones de intereses- En los órganos de la jurisdicción social, se computarán las liquidaciones de intereses realizadas por el secretario judicial.
- Publicidad concursal- En los órganos con competencias mercantiles, se computarán las comunicaciones remitidas a boletines oficiales y al Registro Mercantil.
Nota informativa sobre la modificación de la resolución de productividad aplicable a las liquidaciones correspondientes al año 2013
En las próximas semanas se publicará la modificación de la Resolución de 27 de diciembre de 2010, por la que se determina la productividad del Cuerpo de Secretarios Judiciales, incorporando las aportaciones para su mejora que se han recibido durante el periodo de audiencia abierto al efecto.
El primer cálculo de productividad que se realizará con los indicadores contemplados en la modificación será la del primer semestre de 2013, por lo que, al objeto de garantizar el adecuado conocimiento de los que resultarán de aplicación durante ese periodo y que no pueden obtenerse de manera automática de sistemas informatizados o no se computen actualmente por otros medios por ser necesarios para cumplimentar los boletines estadísticos, se informa de las principales novedades que, sin perjuicio de la aprobación final de la nueva resolución, se incorporarán a la misma y por tanto deberán ser contabilizados a partir del 1 de enero:
- Gestión de las tasas judiciales- En los órganos ante los que se presenten los modelos 696, regulados en la Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre, se tendrán en cuenta el número de estos y las solicitudes de modificación de cuantía que requieran la supervisión por parte del secretario judicial.
- Días a cargo de sustituciones- Se computarán los días naturales que un secretario judicial sustituya en otro órgano o unidad judicial. En caso de sustituciones simultáneas en la misma jornada, sólo se computará un día natural.
- Tramitación de cancelaciones de antecedentes penales y policiales- En los órganos con funciones de ejecución penal, se computarán las peticiones tramitadas de cancelación de estos antecedentes.
- Liquidaciones de intereses- En los órganos de la jurisdicción social, se computarán las liquidaciones de intereses realizadas por el secretario judicial.
- Publicidad concursal- En los órganos con competencias mercantiles, se computarán las comunicaciones remitidas a boletines oficiales y al Registro Mercantil.
Re: Tasa 696 y productividad primer semestre 2013
Yo no recuerdo recibir nada en ese sentido. No obstante ¿ en qué casillero lo metes?
- Terminatrix
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Re: Tasa 696 y productividad primer semestre 2013
Yo tampoco he recibido nada.pisto escribió:Yo no recuerdo recibir nada en ese sentido. No obstante ¿ en qué casillero lo metes?

Efectivamente, no hay casilla alguna en la "maravillosa"

«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.