Ejecutante en concurso

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Ejecutante en concurso

#1 Mensaje por Invitado »

Una empresa presenta dos solicitudes de procesos monitorios, no hay pago ni oposición por los deudores y se archivan.
Al cabo de un mes del archivo se comunica al juzgado por el Mercantil que la empresa demandante se ha declarado en concurso voluntario.
Iba a comunicar al Juzgado de lo mercantil el estado de los monitorios cuando ese mismo día la empresa demandante-concursada, presenta las demandas de ejecución de los dos monitorios.
Es claro que si la empresa concursada fuera la deudora no se despacharía ejecución, pero es que es la ejecutante ¿Que se hace en este caso?
Agradecería opiniones.
Un saludo.

siberina77
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#2 Mensaje por siberina77 »

Mira el art. 54 de la ley concursal.

Nada impide al concursado ejecitar sus propias acciones, reclamar sus deudas, con la confomidad de la administración concursal.

Invitado

#3 Mensaje por Invitado »

Gracias Siberina!!
pero ¿podría entonces despachar ejecución o debería comunicarlo previamente al Juzgado de lo Mercantil por el tema de la conformidad de la admon concursal?

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Terminatrix
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#4 Mensaje por Terminatrix »

Si no te consta que está autorizado por la admón. concursal, quizás sería mejor requerirle, con carácter previo al despacho de ejecución, para que lo acredite en el plazo que le des.
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.

siberina77
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#5 Mensaje por siberina77 »

Opps!! Te me has adelantado Terminatrix

Como muy bien te dice, si lo presenta directamente el ejecutado y no la administración concursal, yo le requeriría para que te acreditase dicha conformidad, porque si se le ha privado de sus facultades patrimoniales de administración y disposición, dudo mucho que incluso esté legitimado por sí mismo para ejercitar acciones patrimoniales.


Algún mercantilista que nos instruya un poco más?

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