Los sábados son inhabiles a efectos procesales.
Se manda una carta por correo certificado con acuse de recibo, el destinatario la recoge y la firma en sábado ¿es nula la notificación? ¿y si se publica el edicto en el boletin de la provincia en sábado?
Entiendo, que lo lógico sería que a efectos procesales (cómputo de plazos para recurrir, etc.) la diligencia de notificación se entendería practicada el siguiente día hábil.
cuak cuak, error en la respuesta, cuak cuak, parece que Vd. no entendió la pregunta. No se trata de como computar el plazo sino de si la práctica de la diligencia es o no correcta.
Espero con impaciencia la respuesta del mosquetero espadachin.