ejecucion

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sonia

ejecucion

#1 Mensaje por sonia »

me gustaria saber si es posible ampliar una ejecución si la parte ejecutante lo solicita debido a que todavia no ha sido pagado todo el principal y los intereses y costas. se puede aplicar el art.578 LEC aunque este sólo se refiera a deuda de cuantia liquida? es posible aplicarlo a otros supuestos?

Invitado

#2 Mensaje por Invitado »

Teniendo en cuenta el desastre de LECn puedes hacer lo que quieras.
Por ejemplo imagina una ejecución que se sigue por principal de la sentencia, intereses y costas de ejecución.
Se tasan las costas de la primera instancia en el procedimiento de referencia y se aprueban.
Y luego sin más se pone un testimonio del auto aprobando costas en el procedimiento de ejecución y amplias la ejecución by the face (porque razonamiento jurídico no lo veo por ningún lado).
Total, ya tienes una ejecución por principal, intereses, costas de primera instancia aprobadas y costas de ejecución.
Nadie dice nada y tienes un solo procedimiento de ejecución que sale de un solo procedimiento de trámite.
Hacer las cosas como dice la ley sería tener otro procedimiento de ejecución, esperar que te pidan la acumulación de ejecuciones, dar traslados.....
Pero es un invento total, marca de la casa. A ver dónde dice la ley que esto se puede hacer (el 578 no está para esto).

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