En los expedientes de renuncia de herencia de menores, cuando aportan certificado de última voluntades en los que queda acreditado que no se otorgó testamento, ¿pedís la declaración de herederos ab intestato?.
Por otro lado, ¿cómo pedís que os acrediten el valor del haber herediario para saber si necesita abogado y procurador?, ¿Con un simple escrito o informe haciendo referencia a ese valor bastaría?.
Un saludo.
Renuncia herencia de menores
Moderadores: Top Secre, Terminatrix
Re: Renuncia herencia de menores
Buenos días, yo entiendo que no hace falta pedir la declaración abintestato, al tratarse de legitimarios. En cuanto al valor, el artículo 14 LJV es bastante flexible (habla de documentos y dictámenes de interés para el actor). Yo admito cualquier informe pericial, certificado de valor catastral, tasación, etc.
Saludos
Saludos
Ardisco e non mi scordo