TS impone límites en escritos de recursos de casación.
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TS impone límites en escritos de recursos de casación.
Y eso que no conocen a cierto forero.
El Supremo impone límites en los escritos de los recursos de casación
http://confilegal.com/20160505-supremo- ... -casacion/
El Supremo impone límites en los escritos de los recursos de casación
http://confilegal.com/20160505-supremo- ... -casacion/
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.
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Re: TS impone límites en escritos de recursos de casación.
Me parece muy buena iniciativa. Lo bueno si breve dos veces bueno. Lo que no se sabe explicar en dos páginas no se sabe en cuarenta. Hasta me parece mucho lo de las 25 páginas.
¿Puedo exigirle lo mismo a los abogados en mi Juzgado?
A alguna fiscal le devolvería todos sus informes.
Lo que no tengo claro es que no lo hayan hecho precisamente conociendo a un distinguido miembro de este foro...
¿Puedo exigirle lo mismo a los abogados en mi Juzgado?
A alguna fiscal le devolvería todos sus informes.
Lo que no tengo claro es que no lo hayan hecho precisamente conociendo a un distinguido miembro de este foro...
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Re: TS impone límites en escritos de recursos de casación.
Pues que queréis que os diga, haciendo un poco de abogado del diablo en este caso.
Me parece una tomadura de pelo que los magistrados del Supremo les pidan a los abogados recursos de casación en 25 folios solo por el anverso, en times new roman, tamaño de letra 12, interlineado 1,5 y luego se marquen sentencias de 1.300 folios y 200 fundamentos jurídicos como he visto en algún blog por el ancho mundo de Internet.
Por esa regla de tres, como todos los juzgados y tribunales sigan la estela del Tribunal Supremo, como ocurre con la jurisprudencia, ahí si que alcanzamos el papel cero pero también el desquicie definitivo de los abogados.
Me parece una tomadura de pelo que los magistrados del Supremo les pidan a los abogados recursos de casación en 25 folios solo por el anverso, en times new roman, tamaño de letra 12, interlineado 1,5 y luego se marquen sentencias de 1.300 folios y 200 fundamentos jurídicos como he visto en algún blog por el ancho mundo de Internet.
Por esa regla de tres, como todos los juzgados y tribunales sigan la estela del Tribunal Supremo, como ocurre con la jurisprudencia, ahí si que alcanzamos el papel cero pero también el desquicie definitivo de los abogados.
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Re: TS impone límites en escritos de recursos de casación.
La Abogacía Española no ha dado su conformidad al acuerdo de limitar la extensión de los recursos de casación en el TS
http://confilegal.com/20160505-la-aboga ... sacion-ts/
Quo vadis, Tribunal Supremo? (A propósito de la limitación del tamaño de los escritos de recurso de casación) por Jordi Nieva-Fenoll
http://noticias.juridicas.com/conocimie ... -casacion/
http://confilegal.com/20160505-la-aboga ... sacion-ts/
Quo vadis, Tribunal Supremo? (A propósito de la limitación del tamaño de los escritos de recurso de casación) por Jordi Nieva-Fenoll
http://noticias.juridicas.com/conocimie ... -casacion/
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Re: TS impone límites en escritos de recursos de casación.
Adoro a esta buena mujer
https://conmitogaymistacones.com/
Pero hay más. Y es una enorme paradoja. En tiempos en que nos venden el papel 0 como si se tratara del elixir de la eterna juventud, se les ocurre limitar el número de folios. A ver, señores, el expediente electrónico se supone que no se escribe en folios. Y que una de sus ventajas es su capacidad de almacenamiento ilimitado. Por no hablar del tipo de letra y demás zarandajas, que nada tienen que ver con Justicia ni derechos, que es de lo que se trata.
Este párrafo es pura dinamita XD
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Pero hay más. Y es una enorme paradoja. En tiempos en que nos venden el papel 0 como si se tratara del elixir de la eterna juventud, se les ocurre limitar el número de folios. A ver, señores, el expediente electrónico se supone que no se escribe en folios. Y que una de sus ventajas es su capacidad de almacenamiento ilimitado. Por no hablar del tipo de letra y demás zarandajas, que nada tienen que ver con Justicia ni derechos, que es de lo que se trata.
Este párrafo es pura dinamita XD
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Re: TS impone límites en escritos de recursos de casación.
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Re: TS impone límites en escritos de recursos de casación.
El CGPJ rechaza suspender la norma de los 25 folios para los recursos al Supremo.
http://confilegal.com/20160610-cgpj-se-niega-suspender/
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Re: TS impone límites en escritos de recursos de casación.
El acuerdo de la Sala de Gobierno del TS, que limita los recursos de casación, es de obligado cumplimiento
http://confilegal.com/20160706-el-acuerdo-q/
http://confilegal.com/20160706-el-acuerdo-q/
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Re: TS impone límites en escritos de recursos de casación.
La Sala Civil del Supremo pide a los abogados recursos de menos de 25 folios
https://confilegal.com/20170215-la-sala ... 25-folios/
https://confilegal.com/20170215-la-sala ... 25-folios/
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Re: TS impone límites en escritos de recursos de casación.
Esto es un déjà vu.
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Re: TS impone límites en escritos de recursos de casación.
Recurso contencioso-administrativo. Medidas para el correcto desenvolvimiento del proceso. Recurso de alzada. Inadmisión. Derecho a la defensa.
Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo contencioso administrativo, de 1 de junio de 2021, recurso 137/2020.
El Acuerdo que limitó la extensión de los escritos de apelación a 25 folios adoptado por la Junta de magistrados de las secciones civiles y mercantiles de la Audiencia Provincial de Madrid es válido según el Tribunal Supremo.
Acuerdo de 19 de septiembre de 2019 adoptado por la junta sectorial de magistrados de las secciones civiles generales y de la sección mercantil de la Audiencia Provincial de Madrid, referido al límite de la extensión de los escritos de recurso, que asume los criterios y consecuencias establecidos por el Acuerdo de Pleno de la Sala Civil del Tribunal Supremo de 27 de enero de 2017 a efectos de inadmitir el recurso que supere veinticinco páginas con interlineado 1,5 y fuente Times New Román con un tamaño de 12 puntos en el texto y de 10 puntos en las notas a pie de página.
Un escrito de interposición de extensión desmesurada, lejos de facilitar su resolución, dificulta el trabajo de la fase de admisión, entorpece el correcto entendimiento de las pretensiones del recurrente, introduce confusión en el debate y provoca que, en muchas ocasiones, los argumentos realmente relevantes queden oscurecidos en un cúmulo de alegaciones reiterativas e incluso contradictorias. No es difícil apreciar que no hay en el acuerdo un establecimiento de un deber procesal de inadmisión, que como tal deba ser observado por las distintas secciones. Por el contrario, las frases que en él se incluyen, referidas a una extensión excesiva y a que ésta puede ser considerada innecesaria y, en consecuencia, puede dar lugar a la inadmisión del recurso, advierten tan solo de una posibilidad, sujeta no a la mera constatación de la extensión excesiva, sino a la comprobada concurrencia de las consecuencias perjudiciales para el deseable ejercicio de la función jurisdiccional indicadas. Por tanto el acuerdo no lacera el derecho de defensa añadiendo que nada impide a la dirección letrada de cualquiera de las partes exponer, y obligar a considerar, la necesidad de una mayor extensión de sus escritos.
Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo contencioso administrativo, de 1 de junio de 2021, recurso 137/2020.
El Acuerdo que limitó la extensión de los escritos de apelación a 25 folios adoptado por la Junta de magistrados de las secciones civiles y mercantiles de la Audiencia Provincial de Madrid es válido según el Tribunal Supremo.
Acuerdo de 19 de septiembre de 2019 adoptado por la junta sectorial de magistrados de las secciones civiles generales y de la sección mercantil de la Audiencia Provincial de Madrid, referido al límite de la extensión de los escritos de recurso, que asume los criterios y consecuencias establecidos por el Acuerdo de Pleno de la Sala Civil del Tribunal Supremo de 27 de enero de 2017 a efectos de inadmitir el recurso que supere veinticinco páginas con interlineado 1,5 y fuente Times New Román con un tamaño de 12 puntos en el texto y de 10 puntos en las notas a pie de página.
Un escrito de interposición de extensión desmesurada, lejos de facilitar su resolución, dificulta el trabajo de la fase de admisión, entorpece el correcto entendimiento de las pretensiones del recurrente, introduce confusión en el debate y provoca que, en muchas ocasiones, los argumentos realmente relevantes queden oscurecidos en un cúmulo de alegaciones reiterativas e incluso contradictorias. No es difícil apreciar que no hay en el acuerdo un establecimiento de un deber procesal de inadmisión, que como tal deba ser observado por las distintas secciones. Por el contrario, las frases que en él se incluyen, referidas a una extensión excesiva y a que ésta puede ser considerada innecesaria y, en consecuencia, puede dar lugar a la inadmisión del recurso, advierten tan solo de una posibilidad, sujeta no a la mera constatación de la extensión excesiva, sino a la comprobada concurrencia de las consecuencias perjudiciales para el deseable ejercicio de la función jurisdiccional indicadas. Por tanto el acuerdo no lacera el derecho de defensa añadiendo que nada impide a la dirección letrada de cualquiera de las partes exponer, y obligar a considerar, la necesidad de una mayor extensión de sus escritos.
- Adjuntos
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«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.