Asunto terminado en SIRAJ

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Re: Asunto terminado en SIRAJ

por Carlos Valiña » Vie 23 Sep 2016 12:33 pm

Prueba con el "árbol de procedimientos".

1) Marca con el raton Ver/Actualizar procedimientos.

2) Te salen todos los procedimientos que hubo en la causa desde el principio.

3) Situate con el raton sobre el tuyo y si esta de color azul marca botón derecho del raton. (Los rojos son los ya terminados)

4) Marca con el raton actualizar.

5) Abre el desplegable a la derecha de donde pone Motivo Est. Proced.

6) Marca con el raton Inhibición, añade la fecha.

7) Enviar.

Saludos y espero te haya servido.

Carlos

Re: Asunto terminado en SIRAJ

por Javier González Pereda » Jue 22 Sep 2016 5:43 pm

Así es, La razón es que el órgano al que te inhibes, por ejemplo por la fecha de los hechos, puede o no aceptar y estar de acuerdo con la inhibición.

Re: Asunto terminado en SIRAJ

por Acolitos » Jue 22 Sep 2016 4:57 pm

La competencia y responsabilidad es del juzgado que recibe la inhibicion.El juzgado instructor que se inhibe a otro juzgado no tiene que hacer nada, ni siquiera dar por terminado el asunto.

Re: Asunto terminado en SIRAJ

por newzel » Mié 21 Sep 2016 9:36 pm

Salvo que haya cambiado en los últimos años, es al órgano al que se produce la inhibición al que compete aceptar y actualizar la nota del SIRAJ

Re: Asunto terminado en SIRAJ

por RobertPlant » Mié 21 Sep 2016 8:27 pm

Entonces al inhibirnos a otro juzgado debemos actualizar la medida y pulsar "inhibición" o bien no debemos hacer nada hasta que el juzgado al que mandamos el asunto "lo haga suyo"?? si nosotros, que nos inhibimos, damos por terminado el procedimiento por inhibición, hasta que el otro juzgado al que nos inhibimos "lo haga suyo " en siraj habría un periodo de tiempo en que la medida cautelar adoptada no está vigente.
A ver si me podéis echar una mano

Re: Asunto terminado en SIRAJ

por mc » Sab 09 Feb 2013 11:21 pm

Creo que no se puede. La única solución creo que es hacer una pequeña labor de investigación y comunicarte con el penal correspondiente para que haga suyo el asunto. Cuando estuve en instrucción así lo hice alguna vez. Y no creo que haya cambiado mucho porque en alguna ocasión (ahora estoy en penal) me ha llamado algún compi de instrucción para darme un tironcillo de orejas porque se nos había olvidado hacer nuestro el asunto en el SIRAJ. Lo siento.

Asunto terminado en SIRAJ

por Invitado » Sab 09 Feb 2013 2:10 pm

Hola a todos¡¡ Os planteo la siguiente cuestion:

Como todos sabeis, si registrais un asunto en el SIRAJ, y posteriormente enviais el procedimiento a otro juzgado, bien sea por inhibicion o por elevacion al organo de enjuiciamiento, este ultimo organo recuperara el asunto y lo hara suyo, apareciendo a ti en el juzgado de origen como terminado.

Si el juzgado no recupera el asunto, existe alguna posibilidad de que en el Juzgado de origen demos por terminado el asunto, dejando eso si las medidas cautelares vigentes si es el caso.?

Aclaro que he estado probando con la aplicacion con el fin de actualizar los asuntos de mi Juzgado. En el caso de las inhibiciones, creo es posible, pero en las elevaciones al Penal, que no son propiamente inhibiciones sino "remisiones a otro Organo" en la terminologia Siraj, no permite terminar el asunto en el origen, mientras el Juzgado receptor no recupera el asunto, o asi lo creo yo.

Un saludo

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