por secre76 » Jue 03 Dic 2009 2:39 pm
a ver, creo que lo que planteas son dos cuestiones diferentes:
A.- Cuando se cancelan las medidas cautelares
B.- la anotacion de esa cancelación en el SIRAJ
Empezando por la sengunda, lógicamente la anotación de la cancelación en el SIRAJ se hará cuando se haya acordado la cancelación de la medida, es una consecuencia, obviamente no se puede cancelar una medida en el siraj si previamente no se ha cancelado, digamos, realmente..
Por lo que la cuestión en cuando se cancela la medida y, sí, como decias en tu mensaje, pues cuando la cancele el Juez, que para eso las pone, digo yo...que los modelos los pone el funcionario, si, pero los firma el Juez así que lo mínimo es que se lea un poquito las cosas, no??
Lo que ocurre es que normalmente se pone la medida cautelar (u orden de protección) diciendo algo así como "...se mantienen las medidas mientras subsista el procedimiento...", entonces en ese caso, si ha de entenderse que una vez que haya recaido sentencia, sobresemiento...desaparecen las medidas per se, sin necesidad de resolución expresa, debiendo actualizar el SIRAJ.
Si no se pone esa coletilla al acordar la medida entiendo que sí sería necesario expresamente dejar sin efecto la medida y, despues, actualizar el SIRAJ.
....S.E.U.O....
a ver, creo que lo que planteas son dos cuestiones diferentes:
A.- Cuando se cancelan las medidas cautelares
B.- la anotacion de esa cancelación en el SIRAJ
Empezando por la sengunda, lógicamente la anotación de la cancelación en el SIRAJ se hará cuando se haya acordado la cancelación de la medida, es una consecuencia, obviamente no se puede cancelar una medida en el siraj si previamente no se ha cancelado, digamos, realmente..
Por lo que la cuestión en cuando se cancela la medida y, sí, como decias en tu mensaje, pues cuando la cancele el Juez, que para eso las pone, digo yo...que los modelos los pone el funcionario, si, pero los firma el Juez así que lo mínimo es que se lea un poquito las cosas, no??
Lo que ocurre es que normalmente se pone la medida cautelar (u orden de protección) diciendo algo así como "...se mantienen las medidas mientras subsista el procedimiento...", entonces en ese caso, si ha de entenderse que una vez que haya recaido sentencia, sobresemiento...desaparecen las medidas per se, sin necesidad de resolución expresa, debiendo actualizar el SIRAJ.
Si no se pone esa coletilla al acordar la medida entiendo que sí sería necesario expresamente dejar sin efecto la medida y, despues, actualizar el SIRAJ.
....S.E.U.O....