por Carlos Valiña » Mar 20 Oct 2009 5:05 pm
Los plazos:
El alarde no es una actuacion procesal sino administrativa, por lo que el computo sera el prevenido en general para los plazos administrativos, que ahora no recuerdo cual es, pero me parece que salvo regulacion especifica en la ley 30/92 tendras que ir al Titulo Preliminar del Codigo Civil, art.5 aplicable a todo el ordenamiento juridico, que dice que en el computo civil de los plazos no se excluyen los dias inhabiles, esto es cuentan todos.
No hay obligacion expresa de colaborar en el alarde. Obligacion difusa creo que tampoco, aunque de cien veces en una....
Otra cosa es que el Secretario pueda echar una mano a los Funcionarios en plan organizativo, es decir, en como organizar ese lio, puesto que al fin y al cabo Secretario y Funcionarios son un equipo, y si el alarde se dilata el juzgado se para y tu situacion empeora.
En mi caso mi tendencia ha sido siempre la de no colaborar en los alardes, porque es un acto personalisimo del juez, esto es, no hay alarde del Secretario que se va, y porque la actividad del personal es muy mecanica, ir asunto por asunto diciendo numero y de que pende, y a implicarme mas en facilitarles el trabajo cuando hay Inspecciones, pues hay mas miedo suelto y ahi hay que estar, y coger el timon transmitiendo confianza al equipo.
Saludos.
Los plazos:
El alarde no es una actuacion procesal sino administrativa, por lo que el computo sera el prevenido en general para los plazos administrativos, que ahora no recuerdo cual es, pero me parece que salvo regulacion especifica en la ley 30/92 tendras que ir al Titulo Preliminar del Codigo Civil, art.5 aplicable a todo el ordenamiento juridico, que dice que en el computo civil de los plazos no se excluyen los dias inhabiles, esto es cuentan todos.
No hay obligacion expresa de colaborar en el alarde. Obligacion difusa creo que tampoco, aunque de cien veces en una....
Otra cosa es que el Secretario pueda echar una mano a los Funcionarios en plan organizativo, es decir, en como organizar ese lio, puesto que al fin y al cabo Secretario y Funcionarios son un equipo, y si el alarde se dilata el juzgado se para y tu situacion empeora.
En mi caso mi tendencia ha sido siempre la de no colaborar en los alardes, porque es un acto personalisimo del juez, esto es, no hay alarde del Secretario que se va, y porque la actividad del personal es muy mecanica, ir asunto por asunto diciendo numero y de que pende, y a implicarme mas en facilitarles el trabajo cuando hay Inspecciones, pues hay mas miedo suelto y ahi hay que estar, y coger el timon transmitiendo confianza al equipo.
Saludos.