por Invitado21 » Dom 23 Ago 2009 2:15 pm
Yo una vez al llegar a un destino me encontré con unas 20 cajas de películas en VHS, presuntamente constitutivas de un delito, a razón de unas 100 cintas por caja. Hacía años que eso estaba allí, pero no se había hecho nada. Llegún un Juez que tenía ganas de arreglar el Juzgado y, claro, le tocó el turno a esas previas. Y nos encontramos con que en los autos de ningún modo constaba qué había en esas cajas. Yo personalmente entendí que era cosa mía confeccionar el listado, y lo hice, rato a rato, y ayudado por funcionarios que me dictaban (había muy buen rollo, lo recuerdo como algo divertido).
Nuestro trabajo incluye la fe pública, que como sabes es algo serio. Depende de tí que en el procedimiento conste con certeza que algo existe y está incorporado a los autos. Comprendo tu desazón, pero probablemente si fueran 10 CDs no te estarías planteando si es cosa tuya o no.
Lo que diga la Guardia Civil no vale ante un tribunal, y yo creo que si valoramos lo que es el SJ, está bien que sea así. Si el atestado dice que son 100 CDs y que son los siguientes A, B, C, pues muy bien, pero en nuestro sistema quien dice lo que hay y lo que no es el Secretario Judicial. Otra cosa es que tires de escáner y te bases en el listado del atestado para facilitar la tarea, poniendo cruces, que es lo que solíamos hacer en mi Juzgado por aquel entonces, yo cantaba y la agente ponía cruces.
Tómatelo como un incordio pero acorde con la elevada función qe el ordenamiento te dispensa. Si la policía dice que hay 100 CDs nadie se lo cree, si lo dices tu, si. Si la policía dice que la droga pesaba 2 kilos, nadie se lo cree, si lo dices tú, si. Mira al efecto la SAP Córdoba 5 de mayo de 2008:
"Ahora bien, como quiera que no consta en autos que el inicial pesaje en bruto de la droga realizado en las dependencias policiales inmediatamente después de la aprehensión del paquete fuese posteriormente contrastado a presencia del secretario judicial con un segundo pesaje, y el resultado arrojado por el mismo a tenor del grado de pureza encontrado en la sustancia intervenida se halla fronterizo con la cantidad establecida por el Tribunal Supremo a partir de la cual se ha de aplicar la notoria importancia, el principio "in dubio pro reo", impone acoger la tesis más favorable al reo y, en consecuencia, excluir la aplicación del tipo agravado"
Nota, pues, la importancia del trabajo del SJ en instrucción.
No lo veas como un capricho del MF, es que si no en el plenario pueden tumbar su acusación diciendo, simplemente, que no se intervinieron los CDs que él dice en su escrito de acusación.
Y desde luego, huye de ese tipo de reacciones de "citar al Ministerio Fiscal". Tu no puedes citar a nadie. Y desde luego un Juez nunca citaría al Ministerio Fiscal para presenciar nada, pues quien tiene que dar fe es el SJ, y nadie más. Tu no pides la presencia de nadie para certificar nada, para eso estás tú. Muchas de las diligencias que pide el MF te parecerán caprichosas, y eventualmente pueden serlo (más que caprichosas pueden ser dilatorias, por no ponerse a hacer el escrito de acusación si no le va bien) pero otras muchas responden a cosas que ellos saben y tu no, pues saben lo que les van a pedir en el juicio.
Yo una vez al llegar a un destino me encontré con unas 20 cajas de películas en VHS, presuntamente constitutivas de un delito, a razón de unas 100 cintas por caja. Hacía años que eso estaba allí, pero no se había hecho nada. Llegún un Juez que tenía ganas de arreglar el Juzgado y, claro, le tocó el turno a esas previas. Y nos encontramos con que en los autos de ningún modo constaba qué había en esas cajas. Yo personalmente entendí que era cosa mía confeccionar el listado, y lo hice, rato a rato, y ayudado por funcionarios que me dictaban (había muy buen rollo, lo recuerdo como algo divertido).
Nuestro trabajo incluye la fe pública, que como sabes es algo serio. Depende de tí que en el procedimiento conste con certeza que algo existe y está incorporado a los autos. Comprendo tu desazón, pero probablemente si fueran 10 CDs no te estarías planteando si es cosa tuya o no.
Lo que diga la Guardia Civil no vale ante un tribunal, y yo creo que si valoramos lo que es el SJ, está bien que sea así. Si el atestado dice que son 100 CDs y que son los siguientes A, B, C, pues muy bien, pero en nuestro sistema quien dice lo que hay y lo que no es el Secretario Judicial. Otra cosa es que tires de escáner y te bases en el listado del atestado para facilitar la tarea, poniendo cruces, que es lo que solíamos hacer en mi Juzgado por aquel entonces, yo cantaba y la agente ponía cruces.
Tómatelo como un incordio pero acorde con la elevada función qe el ordenamiento te dispensa. Si la policía dice que hay 100 CDs nadie se lo cree, si lo dices tu, si. Si la policía dice que la droga pesaba 2 kilos, nadie se lo cree, si lo dices tú, si. Mira al efecto la SAP Córdoba 5 de mayo de 2008:
[i]"Ahora bien, como quiera que no consta en autos que el inicial pesaje en bruto de la droga realizado en las dependencias policiales inmediatamente después de la aprehensión del paquete fuese posteriormente contrastado a presencia del secretario judicial con un segundo pesaje, y el resultado arrojado por el mismo a tenor del grado de pureza encontrado en la sustancia intervenida se halla fronterizo con la cantidad establecida por el Tribunal Supremo a partir de la cual se ha de aplicar la notoria importancia, el principio "in dubio pro reo", impone acoger la tesis más favorable al reo y, en consecuencia, excluir la aplicación del tipo agravado"[/i]
Nota, pues, la importancia del trabajo del SJ en instrucción.
No lo veas como un capricho del MF, es que si no en el plenario pueden tumbar su acusación diciendo, simplemente, que no se intervinieron los CDs que él dice en su escrito de acusación.
Y desde luego, huye de ese tipo de reacciones de "citar al Ministerio Fiscal". Tu no puedes citar a nadie. Y desde luego un Juez nunca citaría al Ministerio Fiscal para presenciar nada, pues quien tiene que dar fe es el SJ, y nadie más. Tu no pides la presencia de nadie para certificar nada, para eso estás tú. Muchas de las diligencias que pide el MF te parecerán caprichosas, y eventualmente pueden serlo (más que caprichosas pueden ser dilatorias, por no ponerse a hacer el escrito de acusación si no le va bien) pero otras muchas responden a cosas que ellos saben y tu no, pues saben lo que les van a pedir en el juicio.