por Carlos Valiña » Mié 01 Abr 2009 5:04 pm
A la segunda ni idea.
A la primera, en el registro de violencia domestica te situas sobre la pena, abres el desplegable pones cumplida, en estado la fecha del dia en que se cumplio y no tienes que borrar nada.
Saludos.
A la segunda ni idea.
A la primera, en el registro de violencia domestica te situas sobre la pena, abres el desplegable pones cumplida, en estado la fecha del dia en que se cumplio y no tienes que borrar nada.
Saludos.