por DOMINGO FERNÁNDEZ » Lun 17 May 2004 8:33 am
Estimado Carlos, disiento de tu conclusión final. Aún estando preparados, creo que la mayoria de Secretarios lo estamos, no deberiamos hacer las funciones de S.Sª, y ello por dos razones principales:
a) Como fedatarios públicos no debemos olvidar "el principio de legalidad", recogido en el art. 9 CE y art. 1 LEC, que dispone "...los tribunales y quienes ante ellos acudan e intervengan deberán actuar con arreglo a lo dispuesto en esta Ley". Es decir, que la ley está para ser cumplida en su literalidad, y cuando la misma indica que la cuestión procesal ha de resolverse por providencia o auto, dicha actuación le corresponde al Juez, y no a nosotros ni a los funcionarios de los cuerpos auxiliares; el pecado de estos últimos es venial (como nos decian en otros tiempos), pero el nuestro es "mortal", ya que por nuestra condición de garantes del proceso, como notarios procesales que somos, no debemos participar ni consentir esas irregularidades en el proceso. No me sirve que la situación se volveria más caotica de lo que pueda estarlo actualmente, que lo solucionen los poderes públicos adoptando las medidas que todo el mundo conoce y que no se toman. No encontrarás una Notaria en España que con la excusa de tener mucho trabajo se "pasen por el forro de ..." las legalidades y formas necesarias, y que el notario no revise, lea a los interesados y supervise el trabajo que realizan sus empleados; ni encontrarás que ellos firmen "en barbecho" asumiendo sin más los documentos redactados (por muchos conocimientos y práctica que tengan) por sus oficiales. Por lo tanto, que reformen las leyes procesales y que nos asignen las funciones que realmente venimos realizando en nuestro quehacer diario, y caso contrario, a ser garantes del proceso y del principio de legalidad, es decir, que cada cual haga lo que la ley dice que tiene que hacer, y nosotros a no consentir que se desvie tal actividad y se corrompa e incumpla tal principio.
b) La segunda razón, simplemente que en nuestra linea de permanente reivindicación frente al ejecutivo, seria un arma excelente el "hacernos necesarios". Me explico, que estamos capacitados para realizar funciones que actualmente las leyes procesales asignan a los jueces, no lo ponen en duda ni el ejecutivo, ni el CGPJ, ni los propios Jueces (que ya se ocupan de darnos la palmadita en la espalda diciéndonos lo buenos que somos trabajando y que compañerismo tenemos para con ellos, y nos permiten ir con ellos a tomar el "cafetito" de mitad mañana a cambio de tal actitud cooperante). Manteniendo por nuestra parte tal actividad, algunos me dicen que no van a estar casí toda la mañana mirando por la ventana si no despacharan y le quitaran papel al vecino de despacho, el Juzgado funciona medianamente bien, pero "no nos hacemos necesarios" en el sentido de que mientras los jueces tienen asignadas en la norma todas las funciones habidas y por haber, hasta el punto de ser humanamente imposible acometerlas todas ellas, nosotros hacemos de "negro literario" de los mismos, y esa labor conocida, callada y cotidiana, impide que los jueces se quejen a sus asociaciones, al CGPJ y al Ministerio gritando "no podemos hacerlo todo, estamos hundidos en el trabajo", y abrir la necesidad de hacer un reparto más real de funciones y trabajo. Esta claro que cada Secretario nos creemos, al igual que lo creen los jueces, que somos soberanos en nuestro Juzgado, es nuestro pequeño reino, y hacemos lo que nos pide el cuerpo, es decir, unos hacer muchas cosas invadiendo la parcela competencial del juez, otros un poco menos, y otros nada de nada. Ante ese abanico de actitudes, lo tenemos muy mal en nuestras reivindicaciones para ante el ejecutivo, y esa, pese a quien pese, en nuestra cruda realidad como colectivo profesional. "Hagamonos necesarios" y puede que los poderes públicos, jueces y otros operadores jurídicos vean con otros ojos a los Secretarios, y puestos a soñar, consigamos cosas que no se han conseguido con huelgas y "negociaciones".
Saludos.
Estimado Carlos, disiento de tu conclusión final. Aún estando preparados, creo que la mayoria de Secretarios lo estamos, no deberiamos hacer las funciones de S.Sª, y ello por dos razones principales:
a) Como fedatarios públicos no debemos olvidar "el principio de legalidad", recogido en el art. 9 CE y art. 1 LEC, que dispone "...los tribunales y quienes ante ellos acudan e intervengan deberán actuar con arreglo a lo dispuesto en esta Ley". Es decir, que la ley está para ser cumplida en su literalidad, y cuando la misma indica que la cuestión procesal ha de resolverse por providencia o auto, dicha actuación le corresponde al Juez, y no a nosotros ni a los funcionarios de los cuerpos auxiliares; el pecado de estos últimos es venial (como nos decian en otros tiempos), pero el nuestro es "mortal", ya que por nuestra condición de garantes del proceso, como notarios procesales que somos, no debemos participar ni consentir esas irregularidades en el proceso. No me sirve que la situación se volveria más caotica de lo que pueda estarlo actualmente, que lo solucionen los poderes públicos adoptando las medidas que todo el mundo conoce y que no se toman. No encontrarás una Notaria en España que con la excusa de tener mucho trabajo se "pasen por el forro de ..." las legalidades y formas necesarias, y que el notario no revise, lea a los interesados y supervise el trabajo que realizan sus empleados; ni encontrarás que ellos firmen "en barbecho" asumiendo sin más los documentos redactados (por muchos conocimientos y práctica que tengan) por sus oficiales. Por lo tanto, que reformen las leyes procesales y que nos asignen las funciones que realmente venimos realizando en nuestro quehacer diario, y caso contrario, a ser garantes del proceso y del principio de legalidad, es decir, que cada cual haga lo que la ley dice que tiene que hacer, y nosotros a no consentir que se desvie tal actividad y se corrompa e incumpla tal principio.
b) La segunda razón, simplemente que en nuestra linea de permanente reivindicación frente al ejecutivo, seria un arma excelente el "hacernos necesarios". Me explico, que estamos capacitados para realizar funciones que actualmente las leyes procesales asignan a los jueces, no lo ponen en duda ni el ejecutivo, ni el CGPJ, ni los propios Jueces (que ya se ocupan de darnos la palmadita en la espalda diciéndonos lo buenos que somos trabajando y que compañerismo tenemos para con ellos, y nos permiten ir con ellos a tomar el "cafetito" de mitad mañana a cambio de tal actitud cooperante). Manteniendo por nuestra parte tal actividad, algunos me dicen que no van a estar casí toda la mañana mirando por la ventana si no despacharan y le quitaran papel al vecino de despacho, el Juzgado funciona medianamente bien, pero "no nos hacemos necesarios" en el sentido de que mientras los jueces tienen asignadas en la norma todas las funciones habidas y por haber, hasta el punto de ser humanamente imposible acometerlas todas ellas, nosotros hacemos de "negro literario" de los mismos, y esa labor conocida, callada y cotidiana, impide que los jueces se quejen a sus asociaciones, al CGPJ y al Ministerio gritando "no podemos hacerlo todo, estamos hundidos en el trabajo", y abrir la necesidad de hacer un reparto más real de funciones y trabajo. Esta claro que cada Secretario nos creemos, al igual que lo creen los jueces, que somos soberanos en nuestro Juzgado, es nuestro pequeño reino, y hacemos lo que nos pide el cuerpo, es decir, unos hacer muchas cosas invadiendo la parcela competencial del juez, otros un poco menos, y otros nada de nada. Ante ese abanico de actitudes, lo tenemos muy mal en nuestras reivindicaciones para ante el ejecutivo, y esa, pese a quien pese, en nuestra cruda realidad como colectivo profesional. "Hagamonos necesarios" y puede que los poderes públicos, jueces y otros operadores jurídicos vean con otros ojos a los Secretarios, y puestos a soñar, consigamos cosas que no se han conseguido con huelgas y "negociaciones".
Saludos.