por conquense » Mar 19 Feb 2008 10:38 pm
Si es posible, yo ya lo he hecho en alguna ocasión. No es frecuente pero puede realizarse, lo único que hay que tener en cuenta es el precio por el que se le entrega, dicho precio es el que resulta de una tabla que publica el Ministerio de Hacienda todos los años, por el mes de diciembre, en dicha tabla se establecen los precios de los coches usados, el valor oficial de los mismos y es el que hay que tener por referencia.
Yo incluso he tenido un caso, en el que lo embargado eran CERDOS, y pidió que se le entregasen por el valor que tenían en el mercado y así se hizo. Dando traslado previo al ejecutado de dicha valoración, claro.
Yo considero aconsejable que se solicite por el ejecutante dicha entrega, así te evitas la subasta. Lo que pasa es que es un artículo que es desconocido para muchos abogados.
Si es posible, yo ya lo he hecho en alguna ocasión. No es frecuente pero puede realizarse, lo único que hay que tener en cuenta es el precio por el que se le entrega, dicho precio es el que resulta de una tabla que publica el Ministerio de Hacienda todos los años, por el mes de diciembre, en dicha tabla se establecen los precios de los coches usados, el valor oficial de los mismos y es el que hay que tener por referencia.
Yo incluso he tenido un caso, en el que lo embargado eran CERDOS, y pidió que se le entregasen por el valor que tenían en el mercado y así se hizo. Dando traslado previo al ejecutado de dicha valoración, claro.
Yo considero aconsejable que se solicite por el ejecutante dicha entrega, así te evitas la subasta. Lo que pasa es que es un artículo que es desconocido para muchos abogados.