Reclamacion embargos tras BEPI

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Re: Reclamacion embargos tras BEPI

por Mercantilista » Jue 22 May 2025 10:59 pm

Ojo con los archivos de las ejecuciones tras el auto del EPI, porque los acreedores disponen de un plazo de tres años para solicitar la revocación de la exoneración. Recomiendo a tales efectos la lectura del art. 493 del TRLC.

Re: Reclamacion embargos tras BEPI

por fernández soriano » Jue 22 May 2025 9:06 pm

Cuando se entregaron a la parte ejecutante las primeras cantidades embargadas en la ejecución, no había ninguna limitación ni suspensión en el procedimiento de ejecución, por tanto, están bien entregadas a cuenta del principal despachado, y por ello entiendo que no se le debe reclamar al ejecutante su devolución, para su posterior entrega al ejecutado. Por contra, de las cantidades embargadas posteriormente, y de las cuales no se dispuso en la ejecución pues se había acordado la suspensión de la ejecución por el procedimiento de concurso, es legal y obligado, pero moralmente un fiasco y un engaño al estado de Derecho, acordar su devolución al ejecutado. Saludos.

Reclamacion embargos tras BEPI

por MAY » Jue 22 May 2025 6:46 pm

Buenas tardes

En una ejecución civil, me aporta el ejecutado Auto dictado por el Juzgado Mercantil concediendo el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, solicitando el archivo; pero también pide la devolución de las cantidades embargadas.
De éstas algunas están en la cuenta de depositos desde la fecha en que acordó la suspensión del procedimiento por la declaración de concurso
Respecto a las embargadas anteriormente y que han sido entregadas a cuenta a la ejecutante, procede la devolución?

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