por reyes » Sab 10 Ago 2024 5:07 pm
Yo sis le requeriría, porque en algún momento procesal, al menos si hay bienes inmuebles, vas a tener que localizar alguno o nombrar administrador. En el peor de los casos, si no hay nadie localizado, yo llamaría al ESTADO, a través de dar cuenta al abogado del estado, esto es muy eficiente, el abogado del estado te va a decir si les consta herederos y si no les consta si se personan o no quieren personarse, pero así se habrá salvado el nombrar administrador a efectos de que el registrador, en un futuro embargo de inmuebles, te obligue a nombrarle, al haber llamado a un posible heredero como es el Estado, aunque no quiere personarse, ya se habrá salvado el derecho de los posibles herederos.
Yo sis le requeriría, porque en algún momento procesal, al menos si hay bienes inmuebles, vas a tener que localizar alguno o nombrar administrador. En el peor de los casos, si no hay nadie localizado, yo llamaría al ESTADO, a través de dar cuenta al abogado del estado, esto es muy eficiente, el abogado del estado te va a decir si les consta herederos y si no les consta si se personan o no quieren personarse, pero así se habrá salvado el nombrar administrador a efectos de que el registrador, en un futuro embargo de inmuebles, te obligue a nombrarle, al haber llamado a un posible heredero como es el Estado, aunque no quiere personarse, ya se habrá salvado el derecho de los posibles herederos.