por may » Vie 29 Sep 2023 1:04 pm
Buenos días:
En una jura de cuenta , aunque no es preceptiva la intervención de abogado y procurador, la impugnación la formula el Letrado sin que firme el escrito el interesado. Lo admitís así o habría que requerir que subsane la falta de firma, al no tener el Letrado la representación.
Gracias
Buenos días:
En una jura de cuenta , aunque no es preceptiva la intervención de abogado y procurador, la impugnación la formula el Letrado sin que firme el escrito el interesado. Lo admitís así o habría que requerir que subsane la falta de firma, al no tener el Letrado la representación.
Gracias