por Carlos Valiña » Mié 14 Ene 2004 1:43 pm
Interesante el tema de que aun no hay gestores todavia. Yo tenia mis dudas, me lo mire y me parecio que lo que no habia ya era oficiales.
Un segundo vistazo rapido deja una sombra de duda, pero creo que en este caso lo mas natural sera dar por desaparecidos a los antiguos cuerpos. Si tengo tiempo lo repensare a fondo.
Mientras tanto lo miro o si cansado yo no llego a mirarmelo lo dejo estar.
Esto es lo que he puesto en el tablon de anuncios del Servicio despues de multiples conversaciones y "negociaciones" con la plantilla a salvo algun cambio de ultima hora:
NOTA DE SERVICIO INTERIOR:
A la vista de lo estipulado por la reforma de la L.O.P.J. cuya entrada en vigor tendrá lugar el próximo día 15 de enero del año en curso y previas las pertinentes conversaciones con la plantilla encargada de las notificaciones y embargos se adoptan las siguientes prevenciones generales en tanto no se considere necesario o se solicite y apruebe su modificación:
Gestores: Pasarán a ocuparse en exclusividad de la recogida de escritos (horario de 9 a 3 de lunes a viernes y de 11 a 13:30 los sábados), presentaciones quincenales, traslado de escritos entre Procuradores, y gestión de la tramitación de las diligencias, excepto el Gestor que se encuentre haciendo diligencias de calle. Dicho Gestor documentará embargos en la prisión y en la sede del servicio, o fuera de ella, así como lanzamientos y remociones de depósito en horario de 11 a 2 de la mañana, y en los días que señalen a este fin los Agentes Judiciales, siempre mediante un ritmo de señalamientos que garantice el buen funcionamiento del Servicio. Los viernes el horario para embargos y lanzamientos, por tratarse de Tarifa y Los Barrios será de 9 a 3.(Eventualmente se incrementará dicho horario, a partir de las 2 de la tarde, cuando así lo requieran las necesidades del servicio o se trate de continuar diligencias ya comenzadas).
Tramitadores: Tramitarán las diligencias incluida su clasificación y reparto, así como el reparto de exhortos y practicarán, las anotaciones correspondientes en los legajos del órgano.
Auxiliadores: Practicarán con exclusividad las notificaciones, citaciones, requerimientos y emplazamientos, en la sede del Servicio o fuera de ella. Un Auxiliador, además, deberá permanecer de lunes a jueves en la sede del Servicio en horario de 9 a 11 a los efectos de preparar el correo, y de atender a los avisos ya sean de diligencias unipersonales, ya de diligencias en comisión con el concurso del correspondiente Oficial. A partir de las 11 ese Auxiliador formará Comisión con uno de los Oficiales para la práctica de embargos y demás diligencias en Comisión fuera de la sede del Servicio, correspondiéndole al Auxiliador la función de organizar la ruta de trabajo, preparar las diligencias y designar los bienes. Asimismo un Auxiliador deberá estar en turno de disponibilidad los sábados, por si se produjera alguna libertad en el juzgado de guardia y comunicará con el Servicio, a más tardar a las 13:30 horas, al objeto de comprobar si hay alguna libertad o auto de modificación de fianza pendiente de notificación. Finalmente, un Auxiliador se hará cargo del servicio de prisión y realizará los embargos a presencia del Oficial desplazado a este fin, existiendo un turno que garantice la prestación de dicho servicio y lo propio ocurrirá con la participación de los Auxiliadores en el turno general de Correo de este edificio.
Pautas Generales: Dentro de cada cuerpo los Funcionarios del mismo podrán solicitar en cualquier momento que se establezca la oportuna rotación que garantice que cualquiera de ellos pase una parte alícuota del tiempo en computo anual, en cada uno de los distintos cometidos asignados a los Funcionarios de su mismo Cuerpo.
Los Funcionarios colaborarán entre sí en todos aquellos extremos que la ley no señale específicamente como de la competencia de un sólo Cuerpo.
En Algeciras a 12-1-04 EL SECRETARIO DEL S.C.N.E.
Lo pongo aqui por si a alguien le puede servir de pauta para un mejor funcionamiento del Servicio, en el buen entendimiento de que en Servicios Comunes con mucha carga de trabajo, la implantación de esta directriz abocaría al colapso automatico del Servicio por lo que igual en dichos centros habria que intentar navegar con las posibilidades que da la ley e ir pidiendo una amortizacion de plazas de oficial y una creacion acelerada de plazas de agentes.
Interesante el tema de que aun no hay gestores todavia. Yo tenia mis dudas, me lo mire y me parecio que lo que no habia ya era oficiales.
Un segundo vistazo rapido deja una sombra de duda, pero creo que en este caso lo mas natural sera dar por desaparecidos a los antiguos cuerpos. Si tengo tiempo lo repensare a fondo.
Mientras tanto lo miro o si cansado yo no llego a mirarmelo lo dejo estar.
Esto es lo que he puesto en el tablon de anuncios del Servicio despues de multiples conversaciones y "negociaciones" con la plantilla a salvo algun cambio de ultima hora:
[color=olive]NOTA DE SERVICIO INTERIOR:
A la vista de lo estipulado por la reforma de la L.O.P.J. cuya entrada en vigor tendrá lugar el próximo día 15 de enero del año en curso y previas las pertinentes conversaciones con la plantilla encargada de las notificaciones y embargos se adoptan las siguientes prevenciones generales en tanto no se considere necesario o se solicite y apruebe su modificación:
Gestores: Pasarán a ocuparse en exclusividad de la recogida de escritos (horario de 9 a 3 de lunes a viernes y de 11 a 13:30 los sábados), presentaciones quincenales, traslado de escritos entre Procuradores, y gestión de la tramitación de las diligencias, excepto el Gestor que se encuentre haciendo diligencias de calle. Dicho Gestor documentará embargos en la prisión y en la sede del servicio, o fuera de ella, así como lanzamientos y remociones de depósito en horario de 11 a 2 de la mañana, y en los días que señalen a este fin los Agentes Judiciales, siempre mediante un ritmo de señalamientos que garantice el buen funcionamiento del Servicio. Los viernes el horario para embargos y lanzamientos, por tratarse de Tarifa y Los Barrios será de 9 a 3.(Eventualmente se incrementará dicho horario, a partir de las 2 de la tarde, cuando así lo requieran las necesidades del servicio o se trate de continuar diligencias ya comenzadas).
Tramitadores: Tramitarán las diligencias incluida su clasificación y reparto, así como el reparto de exhortos y practicarán, las anotaciones correspondientes en los legajos del órgano.
Auxiliadores: Practicarán con exclusividad las notificaciones, citaciones, requerimientos y emplazamientos, en la sede del Servicio o fuera de ella. Un Auxiliador, además, deberá permanecer de lunes a jueves en la sede del Servicio en horario de 9 a 11 a los efectos de preparar el correo, y de atender a los avisos ya sean de diligencias unipersonales, ya de diligencias en comisión con el concurso del correspondiente Oficial. A partir de las 11 ese Auxiliador formará Comisión con uno de los Oficiales para la práctica de embargos y demás diligencias en Comisión fuera de la sede del Servicio, correspondiéndole al Auxiliador la función de organizar la ruta de trabajo, preparar las diligencias y designar los bienes. Asimismo un Auxiliador deberá estar en turno de disponibilidad los sábados, por si se produjera alguna libertad en el juzgado de guardia y comunicará con el Servicio, a más tardar a las 13:30 horas, al objeto de comprobar si hay alguna libertad o auto de modificación de fianza pendiente de notificación. Finalmente, un Auxiliador se hará cargo del servicio de prisión y realizará los embargos a presencia del Oficial desplazado a este fin, existiendo un turno que garantice la prestación de dicho servicio y lo propio ocurrirá con la participación de los Auxiliadores en el turno general de Correo de este edificio.
Pautas Generales: Dentro de cada cuerpo los Funcionarios del mismo podrán solicitar en cualquier momento que se establezca la oportuna rotación que garantice que cualquiera de ellos pase una parte alícuota del tiempo en computo anual, en cada uno de los distintos cometidos asignados a los Funcionarios de su mismo Cuerpo.
Los Funcionarios colaborarán entre sí en todos aquellos extremos que la ley no señale específicamente como de la competencia de un sólo Cuerpo.
En Algeciras a 12-1-04 EL SECRETARIO DEL S.C.N.E.[/color]
Lo pongo aqui por si a alguien le puede servir de pauta para un mejor funcionamiento del Servicio, en el buen entendimiento de que en Servicios Comunes con mucha carga de trabajo, la implantación de esta directriz abocaría al colapso automatico del Servicio por lo que igual en dichos centros habria que intentar navegar con las posibilidades que da la ley e ir pidiendo una amortizacion de plazas de oficial y una creacion acelerada de plazas de agentes.