por Invitado » Mar 21 Nov 2006 2:06 pm
Yo lo hice hace tiempo: abrí un expediente gubernativo para dar a las piezas de convicción el "destino legal", hice una relación de todas las que quería quitarme de encima, especificando nº de procedimiento, descripción de la pieza, estado del procedimiento (archivado, se supone) y destino propuesto (destrucción o entrega a la intervención de armas fundamentalmente ) y lo pasé al FIscal. Dio el visto, acordé darles el destino propuesto, archivé el expediente y llamé a un chatarrero.
RD 2783/1976, art.4.
Yo lo hice hace tiempo: abrí un expediente gubernativo para dar a las piezas de convicción el "destino legal", hice una relación de todas las que quería quitarme de encima, especificando nº de procedimiento, descripción de la pieza, estado del procedimiento (archivado, se supone) y destino propuesto (destrucción o entrega a la intervención de armas fundamentalmente ) y lo pasé al FIscal. Dio el visto, acordé darles el destino propuesto, archivé el expediente y llamé a un chatarrero.
RD 2783/1976, art.4.