por Invitado » Mar 22 Ago 2006 8:04 pm
Creo que es jurisdicción voluntaria pues se regula por los artículos del código civil derogado de 1881 (que se refieren sólo a la jurisdicción voluntaria). Si la parte contraria se opone, se convierte en contencioso.
Creo que es jurisdicción voluntaria pues se regula por los artículos del código civil derogado de 1881 (que se refieren sólo a la jurisdicción voluntaria). Si la parte contraria se opone, se convierte en contencioso.