por CIVILIST@ » Jue 30 Mar 2017 2:22 pm
have1break escribió: solicitan que se precinte el vehículo y se deposite en la calle
¡Ni se te ocurra adoptar esa media!. Hace unos años tuve un caso real en que unos demandados dejaron el vehículo embargado en un descampado cerca del edificio de los Juzgados y nos entregaron las llaves, y a los pocos días no quedaban ni las ruedas, saqueo total, es un riesgo enorme. Amenazaron con promover expediente por funcionamiento anormal de la administración de justicia aunque no lo hicieron finalmente, a saber cómo hubiese acabado la cosa.
Es cierto que el artículo 626.3 de la LEC prevé que se puede designar depositario al propio demandado, pero sólo en los casos que indica: si se destinan a una actividad productiva o son de difícil o costoso transporte o almacenamiento. Además se da problemas añadido como posibles accidentes, daños en el vehículo o incluso robo, dificultades para su avalúo o exhibición a cualquier interesado en la subasta, etc. Hasta el punto que podría llegar a subastarse un bien inexistente...
En definitiva, requeriría nuevamente para que designe depositario (indicándolo que los Colegios de Procuradores suelen contar con un servicio al efecto) y si no denegaría o alzaría el embargo.
[quote="have1break"] solicitan que se precinte el vehículo y se deposite en la calle[/quote]
¡Ni se te ocurra adoptar esa media!. Hace unos años tuve un caso real en que unos demandados dejaron el vehículo embargado en un descampado cerca del edificio de los Juzgados y nos entregaron las llaves, y a los pocos días no quedaban ni las ruedas, saqueo total, es un riesgo enorme. Amenazaron con promover expediente por funcionamiento anormal de la administración de justicia aunque no lo hicieron finalmente, a saber cómo hubiese acabado la cosa.
Es cierto que el artículo 626.3 de la LEC prevé que se puede designar depositario al propio demandado, pero sólo en los casos que indica: si se destinan a una actividad productiva o son de difícil o costoso transporte o almacenamiento. Además se da problemas añadido como posibles accidentes, daños en el vehículo o incluso robo, dificultades para su avalúo o exhibición a cualquier interesado en la subasta, etc. Hasta el punto que podría llegar a subastarse un bien inexistente...
En definitiva, requeriría nuevamente para que designe depositario (indicándolo que los Colegios de Procuradores suelen contar con un servicio al efecto) y si no denegaría o alzaría el embargo.