por Wences » Jue 12 Feb 2015 3:12 pm
En ejecuciòn no se debe hablar de desistimiento (pues éste no produce el efecto de cosas juzgada) sino de solicitud de archivo por haberse satisfecho las pretensiones del ejecutante o por haberse llegado a cualesquiera acuerdo extrajudicial.
Por otra parte debe entenderse que esa acuerdo extrajudicial y solicitud errónea de desistimiento habrá dado lugar a una resolución, en la que de alguna manera se acordará que la ejecución estaba cumplida y por lo tanto se archivaran las actuaciones. Pues bien, creo que ahora, de ninguna forma se podría ir contra nadie en ese asunto.
En último extremo lo que podrá hacer, en su caso, el ex-ejecutante es presentar una demanda civil, que no laboral por el incumplimiento del contrato.
En ejecuciòn no se debe hablar de desistimiento (pues éste no produce el efecto de cosas juzgada) sino de solicitud de archivo por haberse satisfecho las pretensiones del ejecutante o por haberse llegado a cualesquiera acuerdo extrajudicial.
Por otra parte debe entenderse que esa acuerdo extrajudicial y solicitud errónea de desistimiento habrá dado lugar a una resolución, en la que de alguna manera se acordará que la ejecución estaba cumplida y por lo tanto se archivaran las actuaciones. Pues bien, creo que ahora, de ninguna forma se podría ir contra nadie en ese asunto.
En último extremo lo que podrá hacer, en su caso, el ex-ejecutante es presentar una demanda civil, que no laboral por el incumplimiento del contrato.