por emblem » Vie 11 Oct 2019 12:01 pm
Sur escribió: ↑Mié 09 Oct 2019 5:12 pm
Se ha acordado en unas Previas que había 20 investigados que cada investigado vaya su.instrucción individualizada dándole nuevo número de Previas. Al hscer testimonios para cada causa,hay datos mezclados de los investigados (en el atestado por ejemplo de 400 folios)...las causas no son secretas...mi duda es...se debe tachar en cada nueva Previa individualizada los datos de los demás??(es un trsbajo de chinos...) gracias
A ver, nos puedes aclarar ¿qué ha dicho en concreto el Juez en la resolución donde lo haya acordado?, ¿te ha dicho algo más en detalle extraoficialmente?.
Tú solamente puedes proceder conforme haya sido acordado si, como parece en ese caso, existe una resolución judicial previa; en ella el Juez tiene la obligación de precisar los términos en que debe procederse pues no les resulta ajena la normativa de protección de datos.
Yo que tu no haría el más mínimo caso, en absoluto, a quien te dice que taches; ni se te ocurra hacerlo; no manipules -sin resolución previa en ese concreto y exacto sentido- ningún documento oficial, y el atestado lo es, o puede derivarse claro riesgo para ti. Lo más sensato sería solicitar a la comisaria de origen la
reelaboración del atestado por cada investigado, previo traslado a las partes y al Ministerio Fiscal, por si se les ocurre oponer algún inconveniente. Es la mejor manera de no interferir en tan delicada cuestión y no pringarte con la responsabilidad que está flotando en tu juzgado ahora mismo.
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Se ha acordado en unas Previas que había 20 investigados que cada investigado vaya su.instrucción individualizada dándole nuevo número de Previas. Al hscer testimonios para cada causa,hay datos mezclados de los investigados (en el atestado por ejemplo de 400 folios)...las causas no son secretas...mi duda es...se debe tachar en cada nueva Previa individualizada los datos de los demás??(es un trsbajo de chinos...) gracias
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A ver, nos puedes aclarar ¿qué ha dicho en concreto el Juez en la resolución donde lo haya acordado?, ¿te ha dicho algo más en detalle extraoficialmente?.
Tú solamente puedes proceder conforme haya sido acordado si, como parece en ese caso, existe una resolución judicial previa; en ella el Juez tiene la obligación de precisar los términos en que debe procederse pues no les resulta ajena la normativa de protección de datos.
Yo que tu no haría el más mínimo caso, en absoluto, a quien te dice que taches; ni se te ocurra hacerlo; no manipules -sin resolución previa en ese concreto y exacto sentido- ningún documento oficial, y el atestado lo es, o puede derivarse claro riesgo para ti. Lo más sensato sería solicitar a la comisaria de origen la [b]reelaboración[/b] del atestado por cada investigado, previo traslado a las partes y al Ministerio Fiscal, por si se les ocurre oponer algún inconveniente. Es la mejor manera de no interferir en tan delicada cuestión y no pringarte con la responsabilidad que está flotando en tu juzgado ahora mismo.