por LAJ CIVIL » Mar 12 Dic 2023 7:21 pm
Termi, y compañeros, lo que yo creo que se planteó en este hilo es lo siguiente: Si el Verbal es de más de 2.000 euros, y supongamos que la ST es desestimatoria y condena en costas al actor, cuando al practicarse esta salen unos intereses o unas costas aprobados, por ejemplo de 700 euros ( a favor del demandado), si luego se lleva a Ejecución, cuando se pague ese principal de 700 euros, ¿ se tasa a 0 ? ¿ o se tiene en cuenta que los profesionales se usaron en el proceso verbal de origen que era de más de 2.000 euros?
es decir, se considera ETJ de verbal donde los profesionales fueron preceptivos y tasamos, o no tasamos porque versa sobre 700 de ppal + I Y C y no es necesario al no pasar los 2.000 euros? que pensais?
Partimos por supuesto de que la parte tiene domicilio en lugar de juicio y no le aplicamos 32.5 lec
Saludos, a ver que pensais
Termi, y compañeros, lo que yo creo que se planteó en este hilo es lo siguiente: Si el Verbal es de más de 2.000 euros, y supongamos que la ST es desestimatoria y condena en costas al actor, cuando al practicarse esta salen unos intereses o unas costas aprobados, por ejemplo de 700 euros ( a favor del demandado), si luego se lleva a Ejecución, cuando se pague ese principal de 700 euros, ¿ se tasa a 0 ? ¿ o se tiene en cuenta que los profesionales se usaron en el proceso verbal de origen que era de más de 2.000 euros?
es decir, se considera ETJ de verbal donde los profesionales fueron preceptivos y tasamos, o no tasamos porque versa sobre 700 de ppal + I Y C y no es necesario al no pasar los 2.000 euros? que pensais?
Partimos por supuesto de que la parte tiene domicilio en lugar de juicio y no le aplicamos 32.5 lec
Saludos, a ver que pensais