por Invitado » Mar 16 May 2006 12:19 am
Las declaraciones penales, y en particular la de los imputados, constituyen sin duda el talón de aquiles de la fe pública en muchos Juzgados. Pero hay poco margen para cambiar las cosas, si uno no quiere descuidar el área civil.
Sé de alguna compañera que realiza auténticas proezas para asistir a las declaraciones, leer los derechos, etc., pero con gran sacrificio personal, teniendo que asistir al Juzgado por las tardes para recuperar el tiempo "invertido" (que no perdido) y porque su Juzgado no tiene demasiada carga de trabajo.
Tal vez, reitero, este sea uno de los puntos en los que se puede hablar de "atrofia"de la fe pública, como ha destacado Carlos Valiña en alguno de sus mensajes...
Una posible solución pasaría, a mi entender, por reducir los supuestos en que tendría que intervenir el Secrerario, limitando su presencia a los casos más importantes (sumarios, por ejemplo, y sólo respecto a procesados) prescindiendo, por ley, de su presencia en los demás supuestos.
En todo caso, el problema de la presencia de los Secretarios en las declaraciones es extensible incluso a algunos Jueces, que en ocasiones limitan su presencia a los imputados y declaraciones a priori complicadas (querellas con numerosos abogados...) dejando los demás supuestos para Gestores y Tramitadores. No es ningún consuelo, pero sí una manifestación de que la masificación del trabajo impide cumplirlo en plenitud.
Por eso, en el caso que señala la compañera: ruedad de reconocimiento, que no suelen ser muy numerosas, es cuando podemos cumplir en toda su extensión con la fe pública.
Las declaraciones penales, y en particular la de los imputados, constituyen sin duda el talón de aquiles de la fe pública en muchos Juzgados. Pero hay poco margen para cambiar las cosas, si uno no quiere descuidar el área civil.
Sé de alguna compañera que realiza auténticas proezas para asistir a las declaraciones, leer los derechos, etc., pero con gran sacrificio personal, teniendo que asistir al Juzgado por las tardes para recuperar el tiempo "invertido" (que no perdido) y porque su Juzgado no tiene demasiada carga de trabajo.
Tal vez, reitero, este sea uno de los puntos en los que se puede hablar de "atrofia"de la fe pública, como ha destacado Carlos Valiña en alguno de sus mensajes...
Una posible solución pasaría, a mi entender, por reducir los supuestos en que tendría que intervenir el Secrerario, limitando su presencia a los casos más importantes (sumarios, por ejemplo, y sólo respecto a procesados) prescindiendo, por ley, de su presencia en los demás supuestos.
En todo caso, el problema de la presencia de los Secretarios en las declaraciones es extensible incluso a algunos Jueces, que en ocasiones limitan su presencia a los imputados y declaraciones a priori complicadas (querellas con numerosos abogados...) dejando los demás supuestos para Gestores y Tramitadores. No es ningún consuelo, pero sí una manifestación de que la masificación del trabajo impide cumplirlo en plenitud.
Por eso, en el caso que señala la compañera: ruedad de reconocimiento, que no suelen ser muy numerosas, es cuando podemos cumplir en toda su extensión con la fe pública.