por Magistrado Granollers » Lun 11 Jul 2016 11:20 am
La LOPJ en el art. 187 habla de uso de toga en los actos jurisdiccionales con carácter general, señalando que los distintivos serán los correspondientes al rango:
1. En audiencia pública, reuniones del Tribunal y actos solemnes judiciales, los Jueces, Magistrados, Fiscales, Secretarios, Abogados y Procuradores usarán toga y, en su caso, placa y medalla de acuerdo con su rango.
Por su parte, el Reglamento 2/2005, de 23 de noviembre, de Honores, Tratamientos y Protocolo en los Actos Judiciales Solemnes, que también comprende los actos jurisdiccionales ordinarios, en el art. 34 atribuye únicamente placa y vuelillos a los jueces y magistrados de carrera:
1. Los miembros de la Carrera Judicial, como distintivo del cargo, llevarán sobre la toga una placa situada en el lado izquierdo y, en su caso, usarán medalla. Ambos atributos del cargo serán dorados si se trata de Magistrados del Tribunal Supremo y Magistrados y plateadas si son Jueces.
2. Los miembros de la Carrera Judicial que pertenezcan a la primera y segunda categorías, llevarán en las mangas de la toga vuelillos blancos sobre fondo negro.
...
7. Forma parte de las potestades de ordenación de estrados de Jueces y Tribunales velar por la observancia de las normas hasta aquí expuestas.
En conclusión, los jueces y magistrados sustitutos deben llevar toga pero no escudo, ni tampoco vuelillos (puñetas).
Saludos
La LOPJ en el art. 187 habla de uso de toga en los actos jurisdiccionales con carácter general, señalando que los distintivos serán los correspondientes al rango:
[quote]1. En audiencia pública, reuniones del Tribunal y actos solemnes judiciales, los Jueces, Magistrados, Fiscales, Secretarios, Abogados y Procuradores [u]usarán toga y, en su caso, placa y medalla de acuerdo con su rango[/u].
[/quote]
Por su parte, el Reglamento 2/2005, de 23 de noviembre, de Honores, Tratamientos y Protocolo en los Actos Judiciales Solemnes, que también comprende los actos jurisdiccionales ordinarios, en el art. 34 atribuye únicamente placa y vuelillos a los jueces y magistrados de carrera:
[quote]1. Los[u] miembros de la Carrera[/u] Judicial, como distintivo del cargo, llevarán sobre la toga una placa situada en el lado izquierdo y, en su caso, usarán medalla. Ambos atributos del cargo serán dorados si se trata de Magistrados del Tribunal Supremo y Magistrados y plateadas si son Jueces.
2. Los [u]miembros de la Carrera[/u] Judicial que pertenezcan a la primera y segunda categorías, llevarán en las mangas de la toga vuelillos blancos sobre fondo negro.
...
7. Forma parte de las potestades de ordenación de estrados de Jueces y Tribunales velar por la observancia de las normas hasta aquí expuestas.[/quote]
En conclusión, los jueces y magistrados sustitutos deben llevar toga pero no escudo, ni tampoco vuelillos (puñetas).
Saludos