por Carlos Valiña » Mié 29 Jul 2015 12:08 am
Si el asunto no es de violencia, no podras anotar nada de esto en el RMC, porque el sistema, a mi juicio equivocadamente y contra legem, no permite anotar penas en el registro de medidas cautelares, aunque sean penas de prohibicion de aproximacion, una vez que la sentencia es firme,dicen es solo para medidas cautelares y aunque las tengas anotadas las borra. Por lo tanto tendras que ir a penados, actualizar nota y poner alli la fecha inicial y final de la liquidacion.
Si el asunto es de violencia siempre podras efectuar estas anotaciones en el R. de Violencia, de hecho es obligatorio hacerlo. No tiene sentido las anotes en el RMC pues ya hay penas anotadas en el de violencia y esto son circunstancias de las penas.
La idea es que las anotas en el de Violencia, luego le das a enviar/enviarRCP, con lo cual lo estas enviando a Violencia y ademas a penados y ahi tras unos pasos adicionales queda ya grabado en penados.
Si no recuerdo mal no podras modificar esto directamente en penados sin pasar antes por el de Violencia.
De manera que igual esto te resuelve todo, o igual no resuelve nada porque tu problema es otro y tendria que estar "sobre el terreno" para ver el problema. Si lo que te hemos dicho no resuelve el problema, mi consejo es que entres en el foro de articulos y guias, telefonos que siempre buscamos y llames al reg. central siraj y ahi te lo aclararan al punto.
Saludos.
Si el asunto no es de violencia, no podras anotar nada de esto en el RMC, porque el sistema, a mi juicio equivocadamente y contra legem, no permite anotar penas en el registro de medidas cautelares, aunque sean penas de prohibicion de aproximacion, una vez que la sentencia es firme,dicen es solo para medidas cautelares y aunque las tengas anotadas las borra. Por lo tanto tendras que ir a penados, actualizar nota y poner alli la fecha inicial y final de la liquidacion.
Si el asunto es de violencia siempre podras efectuar estas anotaciones en el R. de Violencia, de hecho es obligatorio hacerlo. No tiene sentido las anotes en el RMC pues ya hay penas anotadas en el de violencia y esto son circunstancias de las penas.
La idea es que las anotas en el de Violencia, luego le das a enviar/enviarRCP, con lo cual lo estas enviando a Violencia y ademas a penados y ahi tras unos pasos adicionales queda ya grabado en penados.
Si no recuerdo mal no podras modificar esto directamente en penados sin pasar antes por el de Violencia.
De manera que igual esto te resuelve todo, o igual no resuelve nada porque tu problema es otro y tendria que estar "sobre el terreno" para ver el problema. Si lo que te hemos dicho no resuelve el problema, mi consejo es que entres en el foro de articulos y guias, telefonos que siempre buscamos y llames al reg. central siraj y ahi te lo aclararan al punto.
Saludos.