Prohibición de entrada a vistas

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Re: Prohibición de entrada a vistas

por ELY » Lun 02 Feb 2015 12:16 pm

Lo establece el artículo 190 LOPJ "1. Corresponde al Presidente del Tribunal o al juez mantener el orden en la Sala, a cuyo efecto acordará lo que proceda.

2. Asimismo ampararán en sus derechos a los presentes.

3. Estas mismas obligaciones recaerán sobre el Secretario en todas aquellas actuaciones que se celebren únicamente ante él en las dependencias de la Oficina judicial."


Como ves el juez decide lo que se hace, quien entra y quien sale conforme a dicho artículo.

ojo tu puedes hacer también en las tuyas tipo subasta, incidente, lo que quieras......

Re: Prohibición de entrada a vistas

por ignorante supino » Dom 01 Feb 2015 8:11 pm

Pero ¿ viene regulado en algún sitio?

Re: Prohibición de entrada a vistas

por dilema » Dom 01 Feb 2015 3:28 pm

En mi Juzgado una vez comenzado ni se entra ni se sale. Evitamos con ello el cambalache de semi- mafias (según este la cosa digo una cosa u otra).

Re: Prohibición de entrada a vistas

por ELY » Lun 26 Ene 2015 9:46 pm

En los juzgados donde yo he estado igual.
Cuando se da la audiencia publica entra la gente y no sale nadie hasta que termine ni entra nadie.
No solo es una potestad el juez; es una cuestion de educacion... No molestar; no distraer y no informar a los testigos.
Es cierto que antes en penal todo era mas serio. Aqui en social donde yo estoy creo que es todo un cachondeo.... Como si aquello fuera un vagon de metro, ahora entran dos ahora salen tres...
Pero vamos como nosotros no estamos en sala, A mi me importa poco lo que decida el juez de entrar o salir....

Re: Prohibición de entrada a vistas

por Invitado » Lun 26 Ene 2015 3:36 pm

El dejar o no entrar en vistas es un decisión que va a tomar el Magistrado, yo estoy en un social, y cuando llegó el Magistrado nuevo (de un mixto) le parecía increible que se pudiera entrar y salir como Pedro por su casa en mitad de los juicios. A pesar de que había un cartel en la puerta diciendo que no se podía entrar una vez iniciado el juicio. Es una cuestión de educación y sobre todo LEC en prueba testifical y unidad de acto. No se puede permitir que se entre y salga una vez iniciado el juicio por que el que salga puede "ilustar" a los testigos que faltan por entrar.
En mi juzgado está prohibido el salir y entrar ,por esta cuestión de respeto al buen fin de la prueba testifical sobre todo. Da igual que llamen con educación o sin ella. La prueba puede quedar desvirtuada, ya que consta en la grabación como entra gente y sale de la sala y podría prosperar un posible vicio de la prueba si es alegado por la contraria en un posible recurso.

Re: Prohibición de entrada a vistas

por Tertuliano » Lun 26 Ene 2015 1:45 pm

Jopeta...qué fuerte...Hay que tener en cuenta que los juicios normalmente se celebran en audiencia pública, puede presenciarlos quien quiera y a veces hasta nos vienen de colegios, de la universidad o de otros sitios a verlos. Cierto que normalmente entran antes de empezar y luego de dar el agente la voz de audiencia pública, que no se da. Pero siempre que llamen a la puerta con educación dejamos entrar a todo el mundo, que tampoco son tantas veces ni tantas personas. Y desde luego hasta salen, y sin ser necesario que tengan necesidad de hacer pis. La prohibición que indicas me parece una pasada, compañero ignorante. Un saludo por lo demás.

Prohibición de entrada a vistas

por ignorante supino » Dom 25 Ene 2015 3:37 pm

En mi juzgado no se permite la entrada a las vistas una vez ha empezado el juicio? ¿Me podéis decir en dónde viene la regulación que así lo permite o de la que se deduce?

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