por Top Secre » Vie 22 Ago 2014 3:12 pm
Yo no lo hago. Es una medida ejecutiva, y como tal, no puedes acordarla ni ejecutarla en periodo inhábil, ni eso ni la actualización de la que puede resultar un embargo de metálico.
Cierto es que, como dice el compañero anterior éste es el momento para poner al día los procedimientos, y se facilita y agiliza mucho la labor haciéndolo ahora, pero un abogado un poco avispado te puede meter una nulidad como un castillo con toda la razón.
Y en esto discrepo con la opinión de un compañero que lo está haciendo porque como lo va a notificar el 1 de septiembre, en día hábil , sostiene que es la fecha de notificación la que tiene que ser realizada en tiempo y forma,no la de la actuación procesal.
Eso sí, tengo una pila de procedimientos esperando al 1 de septiembre que no veas.
Yo no lo hago. Es una medida ejecutiva, y como tal, no puedes acordarla ni ejecutarla en periodo inhábil, ni eso ni la actualización de la que puede resultar un embargo de metálico.
Cierto es que, como dice el compañero anterior éste es el momento para poner al día los procedimientos, y se facilita y agiliza mucho la labor haciéndolo ahora, pero un abogado un poco avispado te puede meter una nulidad como un castillo con toda la razón.
Y en esto discrepo con la opinión de un compañero que lo está haciendo porque como lo va a notificar el 1 de septiembre, en día hábil , sostiene que es la fecha de notificación la que tiene que ser realizada en tiempo y forma,no la de la actuación procesal.
Eso sí, tengo una pila de procedimientos esperando al 1 de septiembre que no veas.