por ignorante supino » Lun 28 Jul 2014 9:12 pm
La pregunta que planteo es si, en la ejecución laboral, ¿ es obligatorio hacer de oficio la liquidación de intereses o puede acudirse a civil, y pedir que la haga el ejecutante, dar traslado etc etc?...
La pregunta que planteo es si, en la ejecución laboral, ¿ es obligatorio hacer de oficio la liquidación de intereses o puede acudirse a civil, y pedir que la haga el ejecutante, dar traslado etc etc?...