por Invitado » Vie 21 Mar 2014 3:42 pm
¿Es obligatoria la presencia del secretario judicial cuando se acuerda la grabación de las declaraciones de imputados? ¿Y si son como consecuencua de una querella?
Yo tengo claro que no es necesaria la presencia al 95% pero he llegado a un juzgado donde se da por hecho que el secretario entra en sala y he empezado a dudar...
Urge un poco... por las declaraciones del lunes!!
¿Es obligatoria la presencia del secretario judicial cuando se acuerda la grabación de las declaraciones de imputados? ¿Y si son como consecuencua de una querella?
Yo tengo claro que no es necesaria la presencia al 95% pero he llegado a un juzgado donde se da por hecho que el secretario entra en sala y he empezado a dudar...
Urge un poco... por las declaraciones del lunes!!