por GL4 » Jue 05 Dic 2013 2:30 pm
Buenos días:
En relación con el informe emitido por el Colegio de Abogados en las impugnaciones por excesivas de las minutas, considerais el importe de la emisión del informe como costas a efectos de su inclusión en la tasación de costas?. Según Auto del TS de 24-9-13 constituye una obligación impuesta por la Ley al Colegio como Administración Corporativa y un trámite preceptivo para que el Organo Jurisdiccional pueda pronunciarse, no pudiendo incluirse tales derechos colegiales en la tasación de costas que ha de abonar la parte condenada a su pago.
Yo no lo estoy incluyendo, sino que en el Decreto resolviendo la impugnación me limito a dar traslado al Letrado que corresponda para su abono directo al Colegio.
Me gustaría saber vuestra opinión. Gracias
Buenos días:
En relación con el informe emitido por el Colegio de Abogados en las impugnaciones por excesivas de las minutas, considerais el importe de la emisión del informe como costas a efectos de su inclusión en la tasación de costas?. Según Auto del TS de 24-9-13 constituye una obligación impuesta por la Ley al Colegio como Administración Corporativa y un trámite preceptivo para que el Organo Jurisdiccional pueda pronunciarse, no pudiendo incluirse tales derechos colegiales en la tasación de costas que ha de abonar la parte condenada a su pago.
Yo no lo estoy incluyendo, sino que en el Decreto resolviendo la impugnación me limito a dar traslado al Letrado que corresponda para su abono directo al Colegio.
Me gustaría saber vuestra opinión. Gracias