por Invitado » Jue 05 Dic 2013 11:53 am
Sin embargo el TS, en Auto de 14 septiembre 2000 RJ 2000\9692, dice:
"La Ley de Procedimiento Laboral sí previene expresamente la pérdida de los depósitos para recurrir y la imposición de costas cuando el recurso fuere desestimado, pero también cuando fuere inadmitido por defectos de forma... Este criterio sería aplicable, en el sentido de entender «vencido» en el recurso a quien ve rechazado el interpuesto por defectos de aquella naturaleza."
Y para más confusión, respecto del desistimiento del recurso (que puede ser expreso o dejando expirar el plazo sin formalizar) apareja la suerte del depósito a la imposición de las costas, si bien con la regulación actual no siempre se imponen las costas al recurrente desistido (396 LEC).
Sin embargo el TS, en Auto de 14 septiembre 2000 RJ 2000\9692, dice:
"La Ley de Procedimiento Laboral sí previene expresamente la pérdida de los depósitos para recurrir y la imposición de costas cuando el recurso fuere desestimado, pero también cuando fuere inadmitido por defectos de forma... Este criterio sería aplicable, en el sentido de entender «vencido» en el recurso a quien ve rechazado el interpuesto por defectos de aquella naturaleza."
Y para más confusión, respecto del desistimiento del recurso (que puede ser expreso o dejando expirar el plazo sin formalizar) apareja la suerte del depósito a la imposición de las costas, si bien con la regulación actual no siempre se imponen las costas al recurrente desistido (396 LEC).