por secretaria con dudas » Mar 03 Dic 2013 12:10 pm
Mi consulta es la siguiente. Acordé el embargo telemático de las devoluciones pendientes de AEAT de una ejecutada y obtuve una cantidad por dicho concepto que entregué al ejecutante a cuenta del principal. Posteriormente compareció en Secretaría el marido de la ejecutada manifestando que hacían la declaración de IRPF conjunta y que él es el único de la unidad familiar que trabaja, adjunta copia de la declaración donde se verifica que los únicos rendimientos del trabajo provienen del marido no ejecutado.
A efectos tributarios se predica la solidaridad por lo que la AEAT sin discriminar, automáticamente embarga las devoluciones y las ingresa en la CDC.
Qué debo hacer? Embargar el 50%, mantener el embargo acordado por cuanto mi decreto es correcto y corresponde a la AEAT su ejecución, devolver la totalidad de la cantidad...?
Alguién se ha encontrado con un caso similar?
Gracias a todos, un saludo y buen trabajo!!!
Mi consulta es la siguiente. Acordé el embargo telemático de las devoluciones pendientes de AEAT de una ejecutada y obtuve una cantidad por dicho concepto que entregué al ejecutante a cuenta del principal. Posteriormente compareció en Secretaría el marido de la ejecutada manifestando que hacían la declaración de IRPF conjunta y que él es el único de la unidad familiar que trabaja, adjunta copia de la declaración donde se verifica que los únicos rendimientos del trabajo provienen del marido no ejecutado.
A efectos tributarios se predica la solidaridad por lo que la AEAT sin discriminar, automáticamente embarga las devoluciones y las ingresa en la CDC.
Qué debo hacer? Embargar el 50%, mantener el embargo acordado por cuanto mi decreto es correcto y corresponde a la AEAT su ejecución, devolver la totalidad de la cantidad...?
Alguién se ha encontrado con un caso similar?
Gracias a todos, un saludo y buen trabajo!!!