por juan alberto » Jue 09 May 2013 10:55 am
Debes tener en cuenta que las normas de los colegios ya no sólo no son vinculantes sino que sólo existen a los efectos de una posible impugnacion de costas, además la última jurisprudencia del TS viene a decir qeu las costas se establecen en cada caso por el Tribunal a la vista del trabajo realizados sin vinculacion a ninguna norma o criterio colegial. Con lo cual es indistinto con que minute si no son indebidas y no superan el limite del tercio cuantía hay que incluirla en la Tasacion y si la impugnan resolver conforme a la sana crítica.
Debes tener en cuenta que las normas de los colegios ya no sólo no son vinculantes sino que sólo existen a los efectos de una posible impugnacion de costas, además la última jurisprudencia del TS viene a decir qeu las costas se establecen en cada caso por el Tribunal a la vista del trabajo realizados sin vinculacion a ninguna norma o criterio colegial. Con lo cual es indistinto con que minute si no son indebidas y no superan el limite del tercio cuantía hay que incluirla en la Tasacion y si la impugnan resolver conforme a la sana crítica.