por Invitado » Sab 09 Feb 2013 2:10 pm
Hola a todos¡¡ Os planteo la siguiente cuestion:
Como todos sabeis, si registrais un asunto en el SIRAJ, y posteriormente enviais el procedimiento a otro juzgado, bien sea por inhibicion o por elevacion al organo de enjuiciamiento, este ultimo organo recuperara el asunto y lo hara suyo, apareciendo a ti en el juzgado de origen como terminado.
Si el juzgado no recupera el asunto, existe alguna posibilidad de que en el Juzgado de origen demos por terminado el asunto, dejando eso si las medidas cautelares vigentes si es el caso.?
Aclaro que he estado probando con la aplicacion con el fin de actualizar los asuntos de mi Juzgado. En el caso de las inhibiciones, creo es posible, pero en las elevaciones al Penal, que no son propiamente inhibiciones sino "remisiones a otro Organo" en la terminologia Siraj, no permite terminar el asunto en el origen, mientras el Juzgado receptor no recupera el asunto, o asi lo creo yo.
Un saludo
Hola a todos¡¡ Os planteo la siguiente cuestion:
Como todos sabeis, si registrais un asunto en el SIRAJ, y posteriormente enviais el procedimiento a otro juzgado, bien sea por inhibicion o por elevacion al organo de enjuiciamiento, este ultimo organo recuperara el asunto y lo hara suyo, apareciendo a ti en el juzgado de origen como terminado.
Si el juzgado no recupera el asunto, existe alguna posibilidad de que en el Juzgado de origen demos por terminado el asunto, dejando eso si las medidas cautelares vigentes si es el caso.?
Aclaro que he estado probando con la aplicacion con el fin de actualizar los asuntos de mi Juzgado. En el caso de las inhibiciones, creo es posible, pero en las elevaciones al Penal, que no son propiamente inhibiciones sino "remisiones a otro Organo" en la terminologia Siraj, no permite terminar el asunto en el origen, mientras el Juzgado receptor no recupera el asunto, o asi lo creo yo.
Un saludo