Contencioso: tasa

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Revisión de tema
   

Expandir vista Revisión de tema: Contencioso: tasa

por Iustitia » Vie 27 Abr 2012 1:47 am

Perlita lo ha explicado perfectamente.
Yo les pido la presentación de la tasa, porque tú no tienes por qué saber si resulta exenta de su pago o no, y si está exenta te la presentará sin efectuar pago alguno, luego lo remites a Hacienda y allí que determinen si es correcto o no.

contencioso tasa

por perlita » Jue 26 Abr 2012 3:36 pm

Los unicos que no deben presentar la tasa son los que gozan de exención objetiva, los que gozan de excención subjetiva, como la entidad que tu mencionas, tienen que presentar el impreso aunque esten exentos de su pago.

por registrado » Sab 14 Abr 2012 8:57 pm

Entender, entender...te paso al Ministerio:

http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellit ... talle.html

Exenciones subjetivas:
Personas físicas.
Entidades sin fines lucrativos a las que les sea de aplicación la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal especial de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
Las entidades total o parcialmente exentas del Impuesto sobre Sociedades (a estos efectos, serán las contempladas en el artículo 9 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades).
Las personas jurídicas que tengan la consideración de entidades de reducida dimensión, es decir, las entidades cuyo importe neto de cifra de negocios en el periodo impositivo inmediato anterior sea inferior a 8 millones de euros, de acuerdo con lo previsto en el artículo 108 del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

http://noticias.juridicas.com/base_dato ... t2.html#a2

Contencioso: tasa

por Invitado » Sab 14 Abr 2012 8:26 pm

Para los que entendais de ésto. Si una asociación sin ánimo de lucro tiene que interponer un contencioso (no sé cuál) ¿tiene que pagar tasa o está exenta?

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