por Invitado » Sab 12 Dic 2009 4:02 am
A falta de disposición expresa que ordene que el secretario haya de documentar una actuación en que no interviene el juez ( cotejo de documentos), ya sea directamente (inspección ocular o rconocimiento judicial)o comisionando a la policia judicial( caso de las entradas y registros) o al agente judicial (caso de los embargos, lanzamientos o posesiones , si el propio secretario no considera conveniente que intervenga un Gestor), sólo intervendrá el secretario si interviene el juez, porque sólo de los actos de éste da fe el Secretario. Fuera de estos casos ,si la parte quiere una garantia de autenticidad que la ley procesal no exige, la fe llamada actuar, ateniéndose al principio de rogación, es la fe publica extrajudicial: acta de presencia o manifestación a levantar por Notario( naturalmente a costa de quien lo solicite).En resumen, pese a la ignorancia de muchos jueces, entre las funciones del Secretario no está( aun) la de ser " esa chica para todo".
A falta de disposición expresa que ordene que el secretario haya de documentar una actuación en que no interviene el juez ( cotejo de documentos), ya sea directamente (inspección ocular o rconocimiento judicial)o comisionando a la policia judicial( caso de las entradas y registros) o al agente judicial (caso de los embargos, lanzamientos o posesiones , si el propio secretario no considera conveniente que intervenga un Gestor), sólo intervendrá el secretario si interviene el juez, porque sólo de los actos de éste da fe el Secretario. Fuera de estos casos ,si la parte quiere una garantia de autenticidad que la ley procesal no exige, la fe llamada actuar, ateniéndose al principio de rogación, es la fe publica extrajudicial: acta de presencia o manifestación a levantar por Notario( naturalmente a costa de quien lo solicite).En resumen, pese a la ignorancia de muchos jueces, entre las funciones del Secretario no está( aun) la de ser " esa chica para todo".