por club de fans del possit » Dom 05 Sep 2004 9:36 pm
Es muy fácil, con dos variantes:
1ª El Secretario se sigue ocupando de la jurisdicción voluntaria.
2ª El Secretario ha dicho que como ya no hay propuestas de resolución y todavía no hay decretos, no se hace cargo de la jurisdicción voluntaria; luego le toca al Juez.
En función de lo que pase en tu Juzgado el destinatario será uno u otro.
PROCEDIMIENTO PARA SOLVENTAR LA DUDA:
Se coge el expediente, se le pone una carpetilla para que quede más bonito y a continuación, se pega encima un possit (nada de post-it) de los más grandes que haya, y se escribe:
"¿somos competentes para hacer esto?
si lo somos, no sé qué es lo que tengo que hacer ni cómo.
Y no, no hay modelos Libra."
Y el interfecto que diga qué hay que hacer.
Es muy fácil, con dos variantes:
1ª El Secretario se sigue ocupando de la jurisdicción voluntaria.
2ª El Secretario ha dicho que como ya no hay propuestas de resolución y todavía no hay decretos, no se hace cargo de la jurisdicción voluntaria; luego le toca al Juez.
En función de lo que pase en tu Juzgado el destinatario será uno u otro.
PROCEDIMIENTO PARA SOLVENTAR LA DUDA:
Se coge el expediente, se le pone una carpetilla para que quede más bonito y a continuación, se pega encima un possit (nada de post-it) de los más grandes que haya, y se escribe:
"¿somos competentes para hacer esto?
si lo somos, no sé qué es lo que tengo que hacer ni cómo.
Y no, no hay modelos Libra."
Y el interfecto que diga qué hay que hacer.