ESTADISTICA DE MUERTES JUDICIALES

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Re: estadistica de muertes judiciales

por lujaroj » Sab 05 Sep 2009 1:16 pm

Es que al realizar esa "estadística" sale un documento que es ... la orden de inscripción de la defunción en el Registro Civil a la vez que la estadística de defunciones antes boletín de suicidios.

Nosotros antes teníamos que sacar esa orden (a "mano") y los del R.C. inscribirla "a mano".

Ahora nosotros la hacemos vía web y los del R.C. solo tienen que validarla.

Creo que es un avance, con sus pegas -que las tiene, como la imposibilidad de modificar el documento (aunque sí que puede borrarse y hacer uno nuevo).

Y aunque la causa de la muerte se registra como "provisional" (pues normalmente se hace con el adelanto de la autopsia), el "definitivo" le corresponde ponerlo al R.C. -dado que NO podemos modificar el impreso-.

Saludos, Luis

La muerte

por PipelineR » Lun 31 Ago 2009 9:16 pm

Las anteriores ni loco, las nuevas vale si no acostumbra a morirse la gente en el partido. Es absurdo pero si no se mueren muchos... También en algunos sitios, juzgados de instrucción con mucha muerte, cabe que con el reglamento de aspectos accesorios modificado en la mano, los datos los introduzcan los funcionarios y el SJ revise.
Los de arrendamientos y divorcios ni loco.
Son registros absurdos, los funcionarios se resisten, tampoco es una función jurídica como para el SJ. Si el CGPJ quiere datos lo mejor que puede hacer es fichar a un estadístico por cada 3 o 4 juzgados para que se los dé.

ESTADISTICA DE MUERTES JUDICIALES

por Invitado » Vie 28 Ago 2009 10:19 pm

Como si tuvieramos poco¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡
Bueno la consulta es para los instruccion. Quiero saber si estais anotando esta nueva estadistica y que pasa si no la anoto.

Esta semana me he intentado poner al dia con esta estadistica y ciertamente lo he dejado a la mitad. Para empezar porque no me parece estar metiendo datos de caracter personal en una pagina de estadistica (que me corrijan los civiles pero si no recuerdo mal la estadistica de separaciones y divorcios no teniamos que inscribir los datos de las personas que se divorciaban).

Y luego esta el mirar el procedimeinto para poner conclusiones de autopsia etc... Me parece sinceramente inecesario. Ademas si pongo una causa de muerte del informe de autopsia preliminar y luego la causa es otra, alla que tengo que estar cambiando el procedimiento.
Todo para que? para que salga el impreso para el registro Civil????
En todas la previas que he visto ya se habia remitido al registro Civil..Que sentido tiene entonces.
De verdad no se que opinais pero me parece innecesario y como digo inscribir todos esos datos tan personales.......Con que fin?? Me surge las dudas incluso con respecto a la LOPD

No le basta al consejo con saber cuantos suicidios o accidentes de trafico hay sin especificar el nombre apellidos, si estaban casados , el domicilio y la causa concreta de la muerte???.

¿que opinais?

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