Voy con mis opiniones:
El anterior catalogo parece pensado mas bien para las oposiciones de jueces pero hay otras oposiciones.
PRIMERA.- El que la sigue la consigue. Falso. El que la sigue tendrá más probabilidades de obtener la plaza pero nunca la certeza. Un ratoncito que practique incasablemente por un laberinto puede acabar encontrando el queso o puede que jamás los consiga. No es cuestión de repetición sino de repetición unida a un doble factor: la capacidad personal y el azar.
En mi juzgado he tenido varias Funcionarias que sacaron 97 o 99 preguntas sobre 100 en el test, y otra que aprobo las tres oposiciones. En oposiciones como Jueces el paso de los años con una dura preparacion incrementa muchisimo las posibilidades de aprobar si se han hecho las cosas bien, no es certeza pero esta proxima.
SEGUNDA.- El Tribunal está sólidamente formado por especialistas que dominan el temario. Falso. El Tribunal calificador está formado por miembros del cuerpo a seleccionar así como otros funcionarios de cuerpos superiores, cada uno de los cuales en su día acreditó conocimientos similares a los exigidos, pero el tiempo opera inexorablemente sobre todo funcionario experimentado en una doble vertiente: le dota de mayor intuición y experiencia pero le minora el conocimiento memorístico e intuitivo además de no garantizarse su actualización. Por eso, normalmente un Tribunal calificador efectúa un control negativo, siendo hábil para eliminar a quien dice algo equivocado o derogado, mas que suspender a alguien por lo omitido en su ejercicio.
En desacuerdo sobre todo con la parte final: normalmente siempre hay uno bastante puesto y en oposiciones fuertes como notarias o abogados del estado va siguiendo el codigo. No creo que tumben a quien da un dato equivocado sino a quien da sensacion de saber menos o de "sufrir" mas para decir las partes mas dificiles del tema.
TERCERA.- Se dice que hubo aspirantes que lo dijeron todo y suspendieron. Posible pero improbable. Primero, el suspendido es indulgente consigo mismo y cruel con el Tribunal. Segundo, alguien puede pensar de sí mismo que en su ejercicio dijo “todo lo que estudió” pero eso no coincide con “todo lo que es exigible”. Tercero, No basta con decirlo todo, sino cómo se dice o expone.
En desacuerdo en parte. En efecto hubo gente que dijo todo y suspendio. Lo que sucede es que otros hablaron mas deprisa aun y metieron mas material.
CUARTA.- Se dice que hubo quien no estudió nada y aprobó. Mentira. El ser humano utiliza a veces la mentira preventiva: “ Diré que no sé nada, que no estudié para que si suspendo nadie me condene, y para que si apruebo, mayor sea mi mérito”. Sin embargo, el diseño actual de las oposiciones superiores, normalmente estructurado en tres ejercicios (escrito general, exposición oral de temas extraídos al azar y supuestos prácticos) es garantía de que, salvo el mentalista Anthony Blake, no puede aprobarse por puro azar. La oposición no es una lotería. Y si lo fuere, hay que comprar la práctica totalidad de los billetes. Una cosa es llevar alguna partes del temario flojas o sin estudiar y otra muy distinta afirmar que casualmente el Tribunal preguntó lo que se había estudiado. No se improvisa una oposición.
En desacuerdo en parte, en las oposiciones hay ocasiones en que por circunstancias el nivel se rebaja mucho. Recuerdo por ejemplo que hubo una temporada en Jueces donde se podia aprobar sin haber abierto el Codigo Civil y el Penal y de hecho asi fue. En la mia de SEcretarios la gente se asusto y se levanto y al empezar el tercer ejercicio estabamos menos que plazas. No es lo normal pero a veces sucede.
QUINTA.- Estudiando diez o doce horas diarias tengo prácticamente asegurado el aprobado. Falso. El fruto del estudio, como el descanso mediante el sueño, es más cualitativo que cuantitativo. La oposición no es un sacerdocio. Hay que tener en cuenta la ley de la utilidad marginal decreciente de la economía. Cada hora adicional de esfuerzo reporta un beneficio menos que la hora anterior. El descanso es necesario. Ahora bien, no debe confundirse el descanso con la indisciplina.
En desacuerdo porque mezcla temas heterogeneos. Todo el mundo tiene un umbral de esfuerzo y no se debe sobrepasar, y por lo mismo hay que respetar el descanso. Pero cada hora adicional estudiada vale mas que la anterior, porque te permite llegar antes al final, empezar a repasar antes, y que se olvide menos todo lo estudiado en las innumeras horas anteriores.
SEXTA.- Este año quieren cubrir las plazas o quieren dejarlas vacantes, o quieren dar prioridad a los interinos…o cualquier otro rumor sobre criterios de la voluntad de la Administración sobre el número de aprobados. Falso. La Administración no puede ni debe dar directrices a los Tribunales calificadores ya que la voluntad calificadora es colegiada y fruto de la suma de voluntades individuales. A lo sumo podrá el Presidente del Tribunal tener alguna indicación al respecto, pero se cuidará mucho de transmitirla a los vocales y será muy difícil de materializar. Es algo así como si alguien pensara que los goles del partido de fútbol están decididos según el antojo del Presidente del Club.
Y sin embargo a veces ocurre, recuerdo un caso de cuarto turno de Secretarios a Jueces, donde las Instrucciones al Tribunal fueron clarisimas, que no pase ni uno, y no pasaron.
SEPTIMA.- El Tribunal sigue a pie juntillas el temario X o el manual Y. Falso. La única obligación del Tribunal es seguir el Programa, tal y como se ha publicado en el Boletín Oficial. El Tribunal no posee una plantilla de respuestas correctas como en el caso de los exámenes tipo test. Ni hay Administración que publique un temario oficial de respuestas. Cada miembro del Tribunal se alza en intérprete del programa sobre lo que debe saberse y sobre lo que se cobija bajo cada epígrafe de cada tema del Programa. Por eso la mejor receta para preparar una oposición es contar con un temario fiable al uso ( de alguna academia, de algún opositor con éxito de promoción anterior, o elaborado artesanalmente por algún compañero…), pero no solo eso. En primer lugar, hay que cotejarlo con otros temarios ( la prudencia lo aconseja, pues la referencia del Tribunal calificador suele ser el nivel de preparación de los restantes aspirantes); en segundo lugar, acometer su actualización (especialmente importante en los temarios jurídicos); y en tercer lugar, adaptar los temas a los esquemas y criterios personales, con el fin de facilitar los trucos y recursos nemotécnicos personales. Mas vale seguir el propio patrón para recordar algo, que estar esclavo del acogido por otra persona.
Basicamente de acuerdo salvo en la parte final, adaptar lo minimo, adaptar es perder tiempo de estudio y cuando uno se aprende algo a fondo le da igual que este en sanscrito o en tocario.
OCTAVA.- El que no sabe al pie de la letra los artículos de leyes y reglamentos, con su número, así como fechas completas, no aprueba. Falso. No hay que pensar que un Tribunal está formado por personas tan tontas y arrogantes capaces de exigir lo que ellos jamás aprenderían por sí mismos, ni capaces de rechazar un cuadro de Dalí por un borrón. El Tribunal Calificador tiene muy claro lo que es principal y lo que es accesorio.
En desacuerdo en determinadas oposiciones de temario extenso, donde la literalidad es decisiva, y en buena medida en lo tests, porque solo la literalidad te salva de las trampas.
NOVENA.- El que domina el temario no necesita más. Falso. La superación de una oposición requiere, por un lado, la actualización de los temas y visto el dinamismo del Derecho Administrativo, pues la conveniencia se convierte en necesidad. Y por otro lado, suele haber un examen o supuesto práctico ( etiquetado como “maría” por los aspirantes) el cual depara sorpresas a quienes creen que la teoría lo es todo.
De acuerdo en ambas cosas sobre todo la ultima.
DECIMA.- El Tribunal es exquisitamente objetivo e imparcial. Falso. Resulta prácticamente inevitable que algún miembro del tribunal conozca o esté bajo la influencia de alguien del entorno de algún aspirante ( en mayor medida en ciertos tribunales de selección, tales como de profesorado universitario, cuerpo diplomático o notarías), de igual modo que resulta inevitable que un mismo epígrafe del temario reviste distinta significación y alcance para cada miembro del Tribunal ( un economista y un jurista de las oposiciones al Cuerpo de Administradores Civiles del Estado no tienen la misma percepción de los conceptos y nivel exigible bajo el epígrafe: “ Financiación autonómica”, por ejemplo).
Ahora bien, ciertamente en las oposiciones a cuerpos superiores la dureza de los temarios ( “el enemigo es el temario, no los otros aspirantes”), el factor de azar de las pruebas (sorteo de temas, selección colegiada de los casos prácticos,etc), la composición colegiada del Tribunal y los mecanismos de abstención y recusación, constituyen garantías suficientes para que esa mínima subjetividad de algunos miembros del Tribunal resulten en la inmensa mayoría de los casos irrelevantes frente a quien domina la materia.
Efectivamente en oposiciones grandes y muy disputadas, la materia actua como un gran muro, pero superado este en realidad es justo que se lo des a cualquiera de ellos pues todos han hecho un esfuerzo brutal. En ese momento esos enchufes si pueden tener y tienen cierta influencia, lo que no debe preocupar, por ejemplo, al 30% de opositores que han hecho el mejor examen de todos, pero si a los demas.
UNDÉCIMA.- Para examinarse en los actuales tiempos no importa el aspecto ni atuendo personal sino exclusivamente los conocimientos. Falso. Nadie tiene obligación de acudir al examen de uniforme, repeinado y atildado. Sin embargo nadie puede ser tan temerario como para pensar que le favorecerá un imperdible en la ceja, unos pantalones rotos y un cabello verdinegro, de igual modo que tampoco favorecerá sorberse los mocos o balancearse frente al Tribunal.
Los psicólogos llaman “efecto de la primera impresión” al carácter determinante y duradero de la primera impresión que nos formamos sobre una persona o situación en el primer minuto. Cualquier información posterior se interpreta en función del juicio sumario inicial. Por eso el opositor es muy libre de considerar su dignidad y libertad insobornables y examinarse con la apariencia externa que le antoje, pero también el Tribunal calificador es muy libre para representarse a tal aspirante como futuro funcionario y en consecuencia, suspenderlo. No hablamos ahora del plano jurídico teórico sobre tal criterio sino desde la esfera pragmática.
De acuerdo al 100%.
DUODÉCIMA.- Sin preparador no se aprueba. Falso. El preparador es un salvavidas. Hace más fácil llegar a la orilla. Pero ni todos los pasajeros del Titanic con salvavidas sobrevivieron ni todos los que carecían de él se ahogaron. García de Enterría no necesitó preparadora para aprobar las oposiciones a letrado del Consejo de Estado pero no parece que haya muchos como él.
Correcto. Ahora bien, el Preparador suele ser un estado intermedio imprescindible, porque te pone en contacto con otros opositores te da una idea de tu temario, del nivel necesario, etc, luego hay quien lo necesita como las gafas y quien no.
DECIMOTERCERA.- Si no se aprueba hay que consolarse pensando que los bufetes buscan captar opositores por su formación. Falso. El aspirante a oposición quiere creer que su esfuerzo no será baldío. Y aunque es cierto que una oposición a cuerpo superior ofrece una formación complementaria y específica distinta y más intensa que la universitaria, lo cierto es que un currículo de fracaso como opositor admite una lectura benéfica o positiva (disciplina y formación, con mal desenlace por causas ajenas al aspirante) o negativa ( si tiene falta de aptitud para la Administración, con mayor razón para el mundo privado).
En desacuerdo. Cada uno vale lo que sabe. Un licenciado no sabe nada. Un opositor de los buenos sabe.
DECIMOCUARTA.- Si hay injusticias siempre estarán los Tribunales contencioso-administrativos para restablecer la legalidad y objetividad. Incierto. Los tribunales de lo contencioso-administrativo controlan la legalidad y objetividad de la actuación de los tribunales calificadores pero se detienen en la llamada “discrecionalidad técnica” esto es, en el juicio del tribunal sobre los mayores o menores conocimientos de los opositores, aspecto en que no se adentran a corregir ni sustituir (salvo casos de arbitrariedad manifiesta o alejamiento ostensible de las bases de la convocatoria). En otras palabras, los aspectos formales se vigilan con lupa y el aspecto del criterio sobre el mérito y la mayor o menor capacidad queda fuera del control judicial.
En efecto asi es.
DECIMOQUINTA.- Cuando apruebes y seas funcionario, cobrarás mucho, mandarás más y serás feliz. Falso. La felicidad es otra cosa, menos terrenal y más íntima, pero desde luego que un puesto de trabajo estable ayuda, y mucho. Los que toman posesión de un puesto de trabajo tras la oposición, saben o debieran saber que les esperan tiempos difíciles o al menos agridulces. Todo el mundo sabe las tres etapas del funcionario: Sancho el Bravo ( se cree que domina el mundo de la Administración y sabe como corregir los errores), Sancho el Fuerte ( aprende a sobrevivir entre políticos y ciudadanos quejosos, y entre sus propios compañeros) y Sancho Panza ( atesora sabiduría pero se toma la vida con tranquilidad y paciencia).
En desacuerdo porque no hay un patron comun para todos, cada uno reacciona de una manera, hay quien se frustra y quien es feliz, va en temperamentos.
Por ejemplo mi vision de las tres etapas es, hay una etapa para aprender a luchar, otra para luchar y otra para lamerse las heridas. Por eso me cuesta entender, a los que transitan por la profesion y por la vida sin un simple rasguño, pero como decia cada cual reacciona segun su natural manera de ser.
Gracias en todo caso por el aporte Magistrado, puede que a mas de uno le sirva, a mi desde luego me sirve porque toda opinion abre siempre nuevas perspectivas.
Carlos.