por Leporello » Vie 17 Oct 2008 1:00 am
Si no he entendido mal la pregunta, yo siempre he visto incoar diligencias indeterminadas. Nunca previas, porque ni son previas a nada (el procedimiento se agota una vez autorizado o denegado el internamiento y, en su caso, el recurso contra el Auto) ni se trata de supuestos incardinables en el art. 774 de la Lecrim.
Leporello
Si no he entendido mal la pregunta, yo siempre he visto incoar diligencias indeterminadas. Nunca previas, porque ni son previas a nada (el procedimiento se agota una vez autorizado o denegado el internamiento y, en su caso, el recurso contra el Auto) ni se trata de supuestos incardinables en el art. 774 de la Lecrim.
Leporello