por maria » Jue 06 Mar 2008 11:53 pm
Las subastas voluntarias de en ejecución de sentencia que acuerda la división de cosa común, son un poco complicadas. La certificación de cargas te servirá para el caso de que el piso tenga cargas y admitas a licitadores ajenos al pleito, para que se informen de lo que van a comprar, pues puede tener cargas anotadas o inscritas y tendrán que apechugar con ellas.
En cuanto a los lotes decide tú lo más conveniente, y lo más facil para su enajenación un lote o tres, te puedes orientar por la tasación de perito o por el precio de las fincas o por su ubicacíón en un mismo lugar o no.
De todas formas creo que en este tipo de subastas todos hemos ido un poco a nuestro aire, yo no exijo depósito a las partes para intervenir pero otros compañeros, sí. Y puede ser bueno para en caso de quiebra de la subasta.
Las subastas voluntarias de en ejecución de sentencia que acuerda la división de cosa común, son un poco complicadas. La certificación de cargas te servirá para el caso de que el piso tenga cargas y admitas a licitadores ajenos al pleito, para que se informen de lo que van a comprar, pues puede tener cargas anotadas o inscritas y tendrán que apechugar con ellas.
En cuanto a los lotes decide tú lo más conveniente, y lo más facil para su enajenación un lote o tres, te puedes orientar por la tasación de perito o por el precio de las fincas o por su ubicacíón en un mismo lugar o no.
De todas formas creo que en este tipo de subastas todos hemos ido un poco a nuestro aire, yo no exijo depósito a las partes para intervenir pero otros compañeros, sí. Y puede ser bueno para en caso de quiebra de la subasta.