por novatilla » Mié 27 Feb 2008 11:05 pm
Hola,
Lo primero gracias, me habéis quitado un peso de encima y tenéis toda la razón, lo que proponía era una tontería que sólo puede traer problemas, como bien decís, gracias.
Ya que os habéis tomado la molestía de contestarme muy acertadamente, que tal si me sugiriéseis qué hacer en el siguiente caso de auxilio judidicial:
el señor al que tengo que notificar está empadronado en un pueblo, jusrisdicción de este juzgado de paz, sé que habitualmente no vive allí, sino en valencia , solo viene algún que otro fin de semana , la solución sería como habeís propuesto, remitir el exhorto a valencia dando cuenta al exhortante , pero en este caso no se dirección alguna, entonces sería bien diligencia negativa porque tras muchos intentos no se ha podido dar con el sr en su domicilio ni hay vecino cercano.
El caso es que aún no he ido al pueblo a notificarle porque sé que no lo voy a encontrar ( error creo porque igual encontraba algún vecino, pero francamente lo dudo), además el secretario del ayuntamiento respectivo sólo me dice que vive (habitualmente) en Valencia pero no sabe la dirección concreta como decía antes, al tiempo que me indica que solo sabe que sus padres sí viven en una localidad muy cercana ( jurisdicción también de este juzgado de paz) El asunto es que me gustaría saber si extendiendo una diligencia de constancia como que el Secretario del ayuntamiento me ha advertido del hecho .. si podría extender seguidamente una Diligencia de Ordenación mandando intentar la diligencia en localidad de sus padres, o tendría que ser providencia del juez. o bien no puedo porque la notificación hay que hacerla personalemnte al interesado... No sé nuevamente me complico demasiado y me extralimito de mi competencia, qué opinais, qué hariais vosotros.
Hola,
Lo primero gracias, me habéis quitado un peso de encima y tenéis toda la razón, lo que proponía era una tontería que sólo puede traer problemas, como bien decís, gracias.
Ya que os habéis tomado la molestía de contestarme muy acertadamente, que tal si me sugiriéseis qué hacer en el siguiente caso de auxilio judidicial:
el señor al que tengo que notificar está empadronado en un pueblo, jusrisdicción de este juzgado de paz, sé que habitualmente no vive allí, sino en valencia , solo viene algún que otro fin de semana , la solución sería como habeís propuesto, remitir el exhorto a valencia dando cuenta al exhortante , pero en este caso no se dirección alguna, entonces sería bien diligencia negativa porque tras muchos intentos no se ha podido dar con el sr en su domicilio ni hay vecino cercano.
El caso es que aún no he ido al pueblo a notificarle porque sé que no lo voy a encontrar ( error creo porque igual encontraba algún vecino, pero francamente lo dudo), además el secretario del ayuntamiento respectivo sólo me dice que vive (habitualmente) en Valencia pero no sabe la dirección concreta como decía antes, al tiempo que me indica que solo sabe que sus padres sí viven en una localidad muy cercana ( jurisdicción también de este juzgado de paz) El asunto es que me gustaría saber si extendiendo una diligencia de constancia como que el Secretario del ayuntamiento me ha advertido del hecho .. si podría extender seguidamente una Diligencia de Ordenación mandando intentar la diligencia en localidad de sus padres, o tendría que ser providencia del juez. o bien no puedo porque la notificación hay que hacerla personalemnte al interesado... No sé nuevamente me complico demasiado y me extralimito de mi competencia, qué opinais, qué hariais vosotros.