por gestorando » Vie 11 Ene 2008 2:25 am
Por ejemplo, si el ejecutante tiene su domicilio fuera del partido donde se tramita la ejecución (art. treinta y algo de la LEC, hablo de memoria), aunque sea de un verbal de hasta novecientos euros; caso frecuente en entidades de crédito.
Por ejemplo, si el ejecutante tiene su domicilio fuera del partido donde se tramita la ejecución (art. treinta y algo de la LEC, hablo de memoria), aunque sea de un verbal de hasta novecientos euros; caso frecuente en entidades de crédito.