por Rosario » Vie 15 Jun 2007 8:58 am
Personalmente entiendo que debes admitir las demandas o contestaciones especificando simplemente si los documentos que se acompañan son originales o no. La parte asumirá las consecuencias legales de la forma en que ha presentado los documentos y las impugnaciones que les puedan plantear. Si indica que no puede aportar el original por el motivo que sea, y que lo hará en momento posterior, cuando lo presente y oidas las restantes partes personadas, se valora si se admite en ese momento procesal. Si con la demanda o contestación no indica nada, luego no puede presentar el original porque debería tenerlo a su disposición a la presentación de las mismas. Un informe pericial presentado por copia y sin firma, no puede considerarse como tal, pero si puede ser admitido por vía documental, lo que no cabrá luego es que pida la pericial del autor del informe, dado que no lo presentó en forma.
De todas formas hay jurisprudencia diversa y depende de cada Juez, habla con el tuyo y que te diga su criterio, ya que al fin y al cabo será él quien valore la prueba
Un saludo
Personalmente entiendo que debes admitir las demandas o contestaciones especificando simplemente si los documentos que se acompañan son originales o no. La parte asumirá las consecuencias legales de la forma en que ha presentado los documentos y las impugnaciones que les puedan plantear. Si indica que no puede aportar el original por el motivo que sea, y que lo hará en momento posterior, cuando lo presente y oidas las restantes partes personadas, se valora si se admite en ese momento procesal. Si con la demanda o contestación no indica nada, luego no puede presentar el original porque debería tenerlo a su disposición a la presentación de las mismas. Un informe pericial presentado por copia y sin firma, no puede considerarse como tal, pero si puede ser admitido por vía documental, lo que no cabrá luego es que pida la pericial del autor del informe, dado que no lo presentó en forma.
De todas formas hay jurisprudencia diversa y depende de cada Juez, habla con el tuyo y que te diga su criterio, ya que al fin y al cabo será él quien valore la prueba
Un saludo