por Carlos Valiña » Jue 26 Abr 2007 12:20 pm
Creo que Paco tiene razon ademas de por lo expuesto, que supone en esencia que la norma especial prima sobre la general, porque al final el 243 se remite al 394 y este tienes que tomarlo como un todo, no por partes, porque ademas, si no recuerdo mal, asi ocurria tambien en la redaccion anterior de la ley, y porque tienes que tener en cuenta tambien el principio general del derecho "odiosa sunt restringenda", de manera que toda norma que restrinja derechos, debe interpretarse siempre restrictivamente.
Saludos.
Creo que Paco tiene razon ademas de por lo expuesto, que supone en esencia que la norma especial prima sobre la general, porque al final el 243 se remite al 394 y este tienes que tomarlo como un todo, no por partes, porque ademas, si no recuerdo mal, asi ocurria tambien en la redaccion anterior de la ley, y porque tienes que tener en cuenta tambien el principio general del derecho "odiosa sunt restringenda", de manera que toda norma que restrinja derechos, debe interpretarse siempre restrictivamente.
Saludos.