por invitado10 » Lun 23 Abr 2007 8:07 pm
Yo a tu mensaje, contesto en plan gallego, ¿y entonces qué hace un gestor en funciones de secretario de la agrupacion de paz?, ¿qué funciones tiene?, lo digo porque si no es competente para notificar una D.O., no es competente para citar a nadie, entonces, para qué estan, y encima cobran, supongo.
Me parece vergonzoso que la disculpa sea que llevas no sé cuántos pueblos, puesto, coño, no haberte ido allí, que ese puesto no es obligatorio. Habría mucho que decir del actuar de las agrupaciones, la mayoría no hacen nada, sólo cuando se les amenaza con dar cuenta o algo así, se ponen las pilas y hacen lo que les dicen. Me parece vergonzoso que se les tenga que decir que DEBEN DE IR A LA CASA, A LA VIVIENDA PARA HACER ALGO, que no vale con mandarles un telegrama para que vayan al juzgado de paz o a la agrupación, eso vale por si cuela pero si no van tienen que ir a la casa y además poner la hora en la que van. Lo digo porque acogiendose a la famosa instrucción del CGPJ, muchos ponen que han ido dos veces, sin determinar ni concretar la hora distinta, en la que deben haber ido, según dicha instrucción.
Entiendo que no les paguen fuera de horario, pero es que tampoco lo cumplen el que hay. He llamado muchas veces a dichas agrupaciones y no han ido hasta no se qué hora, venga ya de quejarse, que no hacen ni un huevo. De hecho la mayoria de los gestores que conozco están deseando irse a una agrupación. Espero que algún dia se supriman.
Estoy de acuerdo en una cosa, que no son competentes para practicar diligencias de ejecución, porque la mayoría de esas diligencias deben de acordarse en el Juzgado de 1ª instancia. Para eso estan los servicos comunes en la mayoría de los sitios.
Que conste que yo me he enfrentado a un SCNE porque una agrupación me dijo que no tenia medios para hacer una determinada diligencia y les requerí para que fueran. Al final el SCNE, enfadado fué.
Yo a tu mensaje, contesto en plan gallego, ¿y entonces qué hace un gestor en funciones de secretario de la agrupacion de paz?, ¿qué funciones tiene?, lo digo porque si no es competente para notificar una D.O., no es competente para citar a nadie, entonces, para qué estan, y encima cobran, supongo.
Me parece vergonzoso que la disculpa sea que llevas no sé cuántos pueblos, puesto, coño, no haberte ido allí, que ese puesto no es obligatorio. Habría mucho que decir del actuar de las agrupaciones, la mayoría no hacen nada, sólo cuando se les amenaza con dar cuenta o algo así, se ponen las pilas y hacen lo que les dicen. Me parece vergonzoso que se les tenga que decir que DEBEN DE IR A LA CASA, A LA VIVIENDA PARA HACER ALGO, que no vale con mandarles un telegrama para que vayan al juzgado de paz o a la agrupación, eso vale por si cuela pero si no van tienen que ir a la casa y además poner la hora en la que van. Lo digo porque acogiendose a la famosa instrucción del CGPJ, muchos ponen que han ido dos veces, sin determinar ni concretar la hora distinta, en la que deben haber ido, según dicha instrucción.
Entiendo que no les paguen fuera de horario, pero es que tampoco lo cumplen el que hay. He llamado muchas veces a dichas agrupaciones y no han ido hasta no se qué hora, venga ya de quejarse, que no hacen ni un huevo. De hecho la mayoria de los gestores que conozco están deseando irse a una agrupación. Espero que algún dia se supriman.
Estoy de acuerdo en una cosa, que no son competentes para practicar diligencias de ejecución, porque la mayoría de esas diligencias deben de acordarse en el Juzgado de 1ª instancia. Para eso estan los servicos comunes en la mayoría de los sitios.
Que conste que yo me he enfrentado a un SCNE porque una agrupación me dijo que no tenia medios para hacer una determinada diligencia y les requerí para que fueran. Al final el SCNE, enfadado fué.