por ALVARO BALAS » Sab 06 Dic 2025 5:51 am
Si se manifestó que se usaba como vivienda aunque en el contrato figure como oficina, no veo problema en conceder la prórroga al entender que el uso como vivienda es una situación "de facto".
Por otro lado, al tratarse de un local, el artículo es el 703, cuyo apartado primero al decir "ordenará de inmediato lo que proceda" deja abierto un amplio abanico de interpretaciones, entre ellas la posibilidad de prorrogar el lanzamiento por causa justificada.
Si se manifestó que se usaba como vivienda aunque en el contrato figure como oficina, no veo problema en conceder la prórroga al entender que el uso como vivienda es una situación "de facto".
Por otro lado, al tratarse de un local, el artículo es el 703, cuyo apartado primero al decir "ordenará de inmediato lo que proceda" deja abierto un amplio abanico de interpretaciones, entre ellas la posibilidad de prorrogar el lanzamiento por causa justificada.