por Procurador » Jue 28 Ago 2025 9:42 pm
En una modificación de medidas no se reclaman cantidades, eso en todo caso será en ejecución.
En una modificación se pide eso, la modificación de las medidas dispuestas en el procedimiento principal (separación, divorcio, verba guardia y custodia).
En cualquier caso habrá que estar a las "normas colegiales" a aplicar.
En una modificación de medidas no se reclaman cantidades, eso en todo caso será en ejecución.
En una modificación se pide eso, la modificación de las medidas dispuestas en el procedimiento principal (separación, divorcio, verba guardia y custodia).
En cualquier caso habrá que estar a las "normas colegiales" a aplicar.