¿Qué actuaciones dan derecho a retribución por sustitución?

Publicar una respuesta


Esta pregunta es una forma de evitar inserciones automatizadas por Spambots.
Emoticonos
:D :) :( :o :shock: :? :cool: :lol: :x :P :oops: :cry: :evil: :twisted: :mrgreen: :RotoDeRisa: :roll: :wink: :| :arrow: :?: :!: :whistling: Monito-nono :filaaplausos: :filalupa: :pensativo: :monito-me-dejas-ko: monitobeso001 chocala :doa2: :monito-asco: :cabezazo2: :censored: :dedoscruz: :descojone: :oleole :monito-normas-foro: :monito-llamada-orden: :monito-megafono: :monito-juez-2: :monito-cabreo-agudo: :monito-maldiciones: :cabreado: :monito-confused: :monito-corazones: :monito-me-callo: :monito-necesito-cafe: :monito-rezo: :monito-vomito-4: :monito.cheer: :monito-burla: :monito-berrinche: :quebien: :quetefollen: :cremallera: :buabua: :babeando: :sleepingsmiley012: :affraid: :pckk: :cutrefunciones: :NegroJuzgado: :NegroIudiciorum: :parienta: :monito-secresoso: :bienhecho: :gracias: :monito-buen-post: :noloentiendo:
Ver más emoticonos

BBCode está habilitado
[img] está habilitado
[url] está habilitado
Emoticonos están habilitados

Revisión de tema
   

Expandir vista Revisión de tema: ¿Qué actuaciones dan derecho a retribución por sustitución?

Re: ¿Qué actuaciones dan derecho a retribución por sustitución?

por Trane » Vie 30 May 2025 8:59 pm

Cocoliso escribió: Lun 28 Abr 2025 12:31 pm Los poderes apud acta y todas aquellas actuaciones en las que intervenimos presencialmente se supone que dan derecho a retribución si sustituimos al compañero, pero ¿y la firma de las vistas celebradas en sala? No sé si podemos pedir que nos las abonen por "intervención como fedatario" ¿Es así?
Los juicios de pagan. Sin intervención del fedatario no se pueden celebrar.

Re: ¿Qué actuaciones dan derecho a retribución por sustitución?

por invitadooooo » Lun 28 Abr 2025 6:48 pm

no dudo que sea legal, pero da vergüenza .

¿Qué actuaciones dan derecho a retribución por sustitución?

por Cocoliso » Lun 28 Abr 2025 12:31 pm

Los poderes apud acta y todas aquellas actuaciones en las que intervenimos presencialmente se supone que dan derecho a retribución si sustituimos al compañero, pero ¿y la firma de las vistas celebradas en sala? No sé si podemos pedir que nos las abonen por "intervención como fedatario" ¿Es así?

Arriba